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l \lntiendas con detrimento de la caridad 1ratcrna, ordenamos, que la demarcación de territorios, tanto de las provincias co– mo de los conventos, en orden a la li– mosna, se haga por los respectivos Defi– nitorios, general y provincial. Y a los Superiores no es lícito encomendar el oficio de limosnero sino a profesos de madura edad y juicio. y nunca a los que lodavía están dedicados a los estudios. 120. - Cuando los bienhechores den li mosnas superfír<as, rehúsenlas los frailes con humilde gratitud, o si las reciben, se repartan con hcencia del Superior pro– vincial entre otros conventos, o ;¡e den a los pobres: teniendo presoznte que somos buéspedes del mundo. donde comemos los pecados de los pueblos, y que de todo hemos de dar esttechísima cuenta. Por lo cual. cuando abunden las limosnas por la liberalidad de los ricos, o la devoción del pueblo, guárdense los frailes de olvidar a su madre la santísima pobreza, como hijos bastardos del seráfico PadrE: san Francisco. Acuérdense de aquellas her– mosas palabras que con ardentísimo afec– to de amor solb decir el seráfico Padre: ··yo nunca fuí ladrón de limosnas, reci-

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