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1 llNS rll \H:Ilii\'I·S CAPÍTULO IV 1 Oi' 1':,.· rcz.wdo cnln.:tJnlo .1lg lln !;.1Im,) o ltlltlllO devale; reputándose sin l' lllb.~:go l'nr siervo inútil. aunque haga \·u. •ato J,· sl'J posible. ~4.- En nuestros conventos no L.1y.1 bcsti.ts para cabalgar :· antes bien recom...:n damos grand~mente a los frailes, qu.:: se a.:uerdcn b. ·prohibición dz nuestra RegL1 de ir a caballo, y a ejemplo de Jesucristo y de su imitador san Francisco, ·ho.gan íl pi!! sus viajes. Si ·alguno sln manifiesta nl'ccsidJd anduviere a caballo, sea c::stí– ~.1dn po r d Superior provincial. según la gr.lVedad del exceso. Con todo, no s~ prohibe viajar en ferrocarril, ni en co::hc. cuando hay causa razon:.'tblc y licen(Í2. de los Superiores. salvo siempre el espiritu de humildad ton cuanto a la clase en que se viaje. El juzgar de lJ suficiente caosa. J.h.:rt~ncce a los Superiores, J. cu yo juJd,J dtbzn Jos fr,tiles con segura concienci.1 sujetars~. CAP íTULO IV 85.- Sabiendo nuestro ser.ifico Pa– dre san Farncisco que. según la apos~ rólica doctrina, la codicia es raíz de todo mJl, y queriendo extirpada totalm..:nte

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