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MISIONES DE LA ZINGA, BENÍN, ARDA, GUINEA Y SIERRA LEONA 205 los esfuerzos posibles para obviar todo desorden. Nuestro muy católico empe– rador Carlos V, como refiere Molina, ubi supra, prohibió que en manera alguna se redujesen a servidumbre los indios. El magnánimo rey D. Sebastián hizo lo mismo con los del Brasil. Los señores reyes D. Felipe II, D. Felipe III y D. Felipe IV, que lo fueron de Castilla y Portugal, prosiguieron sus con– quistas con celo incomparable, y lo mismo nuestro católico rey D. Carlos II, lo cual se manifiesta abundantemente en las cartas y decretos que han man– dado remitir a los gobernadores y oficiales reales de Indias y Filipinas. Véase sobre esta parte al P. Claudio Clemente, de la Compañía, en la Tabla crono– lógica de los gobernadores seculares y eclesiásticos de las Indias Occidentales. 13.-Pero entre todas es digna de eterna memoria la que escribió el señor D. Felipe II en respuesta de la que enviaron los descubridores de Filipinas. Estos pidieron licencia a Su Majestad para desamparar aquellas islas, repre– sentando era dificultoso el conservarlas y que tenían mayor costa que provecho. Mas Su Majestad, que, como tan insigne católico, sabía bien su obligación y la del glorioso renombre de tal que heredó de sus mayores, les respondió en esta forma: Por sola un alma convertida de las que se han hallado, daría yo todos los tesoros de las Indias, y si no basta:ran,'diera las rentas todas de España de buena gana. Y así por ningún caso las he de desamparar ni dejar de enviar predicadores y ministros evangélicos a todos y a cuantas provincias se descubrieren por muy pobres, incultas y estériles; porque la Sede Apostó– lica a mi y a mis sucesores nos ha dado en herencia el oficio de los Apóstoles, y lo que ellos hicieron, esto es, de predicar el Evangelio y plantar la fe en aquel reino y en los demás, quitándole la presa al demonio y su dominio tirá– nico y restituyéndosela a Dios cuyo es, dándole a conocer en todas partes, sin atención a cosa temporal. 14.-Con igual celo católico procedió el señor rey D. Felipe IV, noticiado de algunas maldades que con varios pretextos se habían hecho en las Indias, cautivando algunos indios y poniéndolos en esclavitud, no obstante que esto estaba prohibido por decreto del señor emperador Carlos V. Entonces se renovó la fuerza de dicho decreto y dió S. M. libertad a los indios esclavos, y esto generalmente a todos cuantos habitan en sus tierras y dominios de las Indias. Y para el mejor efecto y que pudiesen gozar más plenamente del indulto, concedió a los Inquisidores apostólicos la facultad de poder castigar a los que cautivaban indios y los hacían esclavos, y asimismo declaró por reos del crimen lesae Majestatis a los tales y a cuantos ayudaban o diesen dinero o auxilio para tal efecto. Así Claudio Clemente, ubi supra. 15.-De todo lo cual se infiere y queda suficientemente probado que el daño de unas y otras conquistas nace y se deriva de la avaricia de los reales ministros. Cese ésta y cesarán los daños; quien va a buscar oro, sólo atiende

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