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En la distinción octava el Doctor Seráfico se pregunta por las propiedades o condiciones esenciales de Dios . Aclarada la cues tión sobre la verdad como propiedad del ser divino 177, se interroga seguidamente “Utrum divinum esse sit adeo verum, quod non pos sit cogitan non esse” La respuesta es positiva. Y aduce razones: “Nec tantum habet evidentiam ex se, sed etíam ex probatione...” 179W Se trata de la mostraclón por la creatura: “quoniam divinam verita[em esse probat et concludit omnis ventas et natura crea ta...” A continuación propone la primera y fundamental antítesis en tre el ser de la creatura y el ser de Dios, respectivamente: “quia si est ens per partícipationem et ab alio, est ens per essentiam et non ab alio” 181• Es el radical y más fundamental contraste que puede afirmarse, en correspondencia con lo que hemos indicado más arri ba, sobre la nihilidad de la creatura y la sublimidad de Dios. Corres ponde a las primeras diferencias del ser: causado-causa 1• Este pensamiento antitético ocupará un puesto preeminente en toda su obra posterior’3 y es uno de los que mejor expresa la ca racterística de la trascendencia divina. En el mismo contexto trata de establecer las propiedades esen ciales divinas: verdad, inmutabilidad y simplicidad en contraposi ción a las de las creaturas, que ya hemos examinado. Pero es interesante anotar que en una de las dudas propues tas al final de la distincion octava se hace alusion a una objecion presentada al mismo Doctor: habiendo otras propiedades o condi ciones propiamente divinas, ¿por qué Pedro Lombardo sólo trata de esta cuestión segunda encontramos ya un núcleo fundamental: autor! dades-razones-distlncÍones, que se conservará en el resto de sus obras aludidas, si bien en sus obras posteriores, al ser más bien monografías o conferencias, obviamente lo desarrollará con más elegancia, claridad y am plitud que en el Comentario. 176. “De proprietatibus et conditioníbus essentialibus Trinitatis et Unitatis” (Ibid., 1, 149a-b). 177. Ibid., q.1: 1, 150a-152b. 178. Ibid., q.2: 1, 153a-b. 179. Ibid., c: 1, 155a. 180. Ibid. 181. Ibid. 182. Ibid., d.19, p.2, a. un., q.3 ad 6: 1, 362b. 183. Cfr. 1 Sent., d.8, p.1, q.2 e: 1, 155; ibid., p.2, a. un., q.2 e: 1, 57

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