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d& término DIos en e sentido expresado en la definición clásica, de origen neoplatónico: ‘id quo maius excogitan nequit” ! Tal expresión es una fórmula constante en el pensamiento cris tiano en la que se intenta verter, por vía fenomenológica, lo que los hombres han querido decir con el término Dios. Como suprema noción de Dios, pretende indicarnos la riqueza de su ser por enci ma del cual no puede concebirse otro mayor26. 25. “...Deus est quo maius excogitan non potest... “(1 $ent., d.2, a. un., q.l, f.l: 1, 50b). Cfr. referencia de textos en nota 27. 26. Generalmente tal definición de Dios suele atribuirse a 5. Ansel mo. Creemos que está aún por hacer un estudio histórico-crítico sobre el origen de la misma en cuanto al espíritu, letra y siçjnificado. Sólo co nocemos referencias esporádicas. Cfr. F.S. ScHMITT, $. Anselmi opera omnia, 1, Edimburgi 1938, p. 102, nota 3; E. RIvEaso, La controversia sull’arjOmenta ontologico, en $tud. Patay. 10 (1963) 66-89; A. ROBLES, Prioridad de la fe sobre la razón. Al rededor del argumento ontológico, en Franc. 8 (1966) 167-243, esp. 197ss. En cuanto al espíritu de tal definición, creemos que ya el Corpu,’ Her meticum refleja perfectamente este modo de concebir a Dios; cfr. A.D. NocK-A.J. FE5TUGIERE, Corpus Hermeticu3n, 4 vals., Paris 1954V 1, tract. 1, n.31, p.18; y, n.8, p.63; Ibid., n.10, p.64; III, fragm. VI, n.19, p.39. No de be olvidarse la popularidad creciente que esta obra adquirió a partir del s. II en los pensadores cristianos. En relación a la “letra” de dicha expresión o similares, se encuen tra en M.T. CIcERO, De natura deorum, II, 17: refiriéndose a la doctrina de Epicuro sobre la naturaleza de Dios, sobre la que no puede pensarse nada mejor; LA. SENEcA, Ngturalium quaestionum tibri septem ad Lu cilium, Liber y., Texte établi et traduit par Paul Oltremare, en Oeuvres complétes 1, Praef. 13. Collection des Universités de France, Paris 1929, pp. 10-11; ORIGENEs, De Principiis, c.1, n.6, 21: GCS., V, 1913; 5. AuGusTi Nus, De moribus Ecclesiae catlwlicae et de moribus manichaeorum, Liber II, c.11, n.24: PL 32, 1355; IDEM, De libero arbitrio libri tres, II c.6: OSEL., 74, 51-52; un. 54.55.57; IDEM, De doctrina christiana, Liber 1, c.7: loe. cit. 80, 11-12, nn. 54.55.57; IDEM, Confessiones, Liber VII, c.4: loe. cit. 33, 145- 146; B0ETHIUs, De consolatione phitosophiae III, prosa 10: OSEL., 67, 65. 5. ANsELMO consagrará dicha definición en el inicio del capítulo segundo de su Proslogium: “Et quidem credimus Te esse aliquid quo nihil malus cogitan potest” (en Opera Omnia 1, ed. cit., p. 101). En los canítulos 3. 4. 5. 14. 15. jugará un papel esencial dicho concepto (Ibid., pp. 101-102. 102-103. 103-104. 104-105. 111-112. 112). Igualmente en su obra Quid ad haec respondeat editor ipsius libelti, (Ibid. , 1, 30-139). 5. BERNARDuS, De consideratione, V, c.7, n.15, en Saneti Bernardi Opera III (recens. J. Le clercq-H. M. Rochais), Roma 1963, p. 478; RIcARDus A SANcro VIcTo- RE, De Trinitate, 1, c.11, en $ources Chretiennes, 63. Texte Latín, fu troduction et notes de Gaston SALET, Paris 1959, pp. $2. $4; c.18, pp. 94. 96; c19, p.96; c.21, pp. 98. 100; c.22, p. 100; II, c.16, p. 138. En la $umma Halensis aparece como idea constante en el tema de la existencia e indubitabilidad de Dios (cfr. p.1, inq.1, trac.1, q.1, cc.1-2: Ed. Ad Claras Aquas 1924, 1, 40a-45a). Santo Tomás tendrá también en cuenta dicho concepto de Dios. Si bien crítica el argumento anselmi ano (1, q.2, a.1), admite el significado ae dicho término como “íd quo malus cogitan non potest” (1, q.2, a.1 ad 2), y será el preswpuesto de la repeti da conclusión de las vías: “...et hoc omnes intelligunt Deum” (Ibid., q.2, a.3 c). Resulta rara la citación del contexto de dicha definición en los 21

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