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Igualmente, la inmanencia divina es exigida por el poder infi nito de Dios —ens primum, causa primordialissima et universalis sima—, cuyo influjo en el ser y en la acción de la creatura debe ser tanto más íntimamente afirmado cuanto más altísimamente se piense de su eminente nobilitas Pero ninguno de los caracteres divinos aducidos como prue ba de la inmanencia divina en las creaturas adquiere un rango tan fundamental y elevado en el pensamiento bonaventuriano como el de .su absoluta simplicidad. De dicho atributo divino hace depen der propia y radicalmente la justificación de la profunda presen cia de Dios en todo lo creado 18 Ahora bien, creemos que todo este ambiente ideológico en el que sitúa su fundamentación de la inmanencia divina en las crea turas desde la plenitud absoluta de Dios, revela, con suficiente cla ridad, los esquemas mentales en los que vierte su interpretación de la trascendencia divina, y desde cuya perspectiva viene afirma da e interpretada ahora la inmanencia de Dios. ipsum puríssimum esse - ens primum - ens simplicissimum, ca racteres en los que hemos visto vertido su pensamiento sobre la trascendencia divina, adquieren aquí un valor indicativo de que, en este punto precioso, se interpreta la inmanencia desde su concep ción de la trascendencia: la inmanencia como exigencia de la ab soluta trascendencia de Dios. Desde esta perspectiva se comprende mejor por qué S. Bue naventura propone aquí la simplicidad absoluta de Dios, proclama da anteriormente como fuente y raíz de la trascendencia divina frente a todo lo creado, como la justificación más profunda y ra dical de la inmanencia de Dios en las creaturas. Asimismo, sólo desde aquí se comprende por qué intente her manar, desde la simplicidad absoluta de Dios, inmanencia y tras cendencia divinas como él claramente nos lo indica: 77-a; III Sent., d.14, a.1, q.2 ad 1.2: III, 301b; IV $ent., d.1O, p.1. a.un ., q.3 ad 2: IV-1, 221b; Yyst. Trinit., q.6, a.1 ad 9: y, lOlb; Itin., c.5 , n.$ : y, 310a; Ibid., c.6, n.5: V, 311b. 17. 1 $ent., d.37, p.1, a.l, q.1, f.2 et c: 1, 638b-639a; II Sent., d.37, a.1, q.1 e: II, 862b; Ibid., ad 5-6: II, 863b. 18. 1 $ent., d.37, p.l, a.l, q.1, f.1 et e: 1, 638a et 638b-639a; Ibid., p.2, a.1, q.2 ad 4: 1, 655b; II $ent., d.2, p.2, a.2, q.1 c: II, 76b-77a, Myst. Trinit., q.6, a.1 ad 9.10: y, lOlb; Itin., c.5, n.8: V, 310a. 243
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