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Doctor Seráfico encuentra un modo más expedito para expresarse sobre la inmanencia divina, con matices literarios más conformes con su espíritu contemplativo y, en ocasiones, en fórmulas atre vidas. Al intentar examinar el hecho de la afirmación de la presencia divina en sus escritos, partimos de la existencia de estas dos fases fundamentales de evolución en su obra, con la finalidad de descu brir los modos concretos en que se refiere a dicho tema. Prescindimos, por ahora, de los justificativos de sus afirma ciones. Unicamente pretendemos descubrir el hecho de dicha afir mación, los diversos modos de expresarla y el distinto marco en que la sitúa en su Comentario a las Sentencias y en algunos escritos posteriores más significativos. 1. Comentario a las Sentencias En conformidad con el texto del Maestro de las Sentencias, se ocupa del presente tema, de una manera directa, explícita y bas tante lograda, en la distinción 37 de su Comentario al primer libro de Pearo Lombardo. En dicha distinción recoge fielmente los elementos básicos de la tradición. Los vierte en unos esquemas escolásticos, de índole filosófico-teológica, bien precisos y muy oportunos, para hacer más asequible a sus discípulos parisinos los textos de las Sentencias y, a la vez, para actualizarlos en su interpretación y confrontarlos con tos elementos racionales de la nueva cultura que se filtraba en los ambientes universitarios. Sería suficiente examinar dicha distinción para apreciar, sin necesidad de más pruebas, el hecho de la afirmación de la inma nencia divina y comprender su significado preciso e importancia en este momento histórico particular de su vida intelectual . 12. 1 $ent., d.37: 1, 637a-666b. Nos parece conveniente adelantar aquí una visión sintética de la problemática que estudia en esta distinción. Para ser más fieles a su misma letra presentamos las partes, artícu los y cuestiones tal como las encontramos en su obra: Pars l.: Quomodo Deus sit in rebus et in locis corporalibus: (1, 637a- 651b). “Ad lnteuigentiam huius partls quaeritur de existentia Dei ubique; et circa hoc tría principaliter quaeruntur: Art. 1. Utrum esse ubique conveniat Deo (1, 638a-641b). q. 1: Utrum Deus slt In omnibus rebus fI, 638a-639b). q.2: Utrum Deus slt in omnibus locis (1, 640a-641b). 175

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