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miias y de arreglar posibles desavenencias internas. El ámbito natural fami- liar quedaba fuera de la jurisdicción del Natubái. Cada familia enfrentaba sus propios problemas y crisis y tenía sus propios recursos para solucionar- los. En ningún caso intervenía el Natubái en los asuntos de la familia barí. Sí lo hacía en las divergencias que surgían entre individuos del grupo. Se desconocía la existencia de cárceles o sitios de reclusión puni tiva, tan característicos de otras tribus limftrofes. A veces, cuando por asuntos pertenecientes a la comunidad, tenía que corregir en público a alguna persona, era considerado este hecho como el mayor castigo que un barí podía sufrir. Los cargos eran temporales: mientras los podías desempeñar con cierta decencia y en beneficio de la comunidad. En caso de muerte prematura del Ñatubái, era sustituido por el segundo jefe de construc ción —el Abyíyibái—. Igualmente en caso de ausencias temporales. 1.2.2. familia La familia puede considerarse como la célula primaria de la comu nidad barí, la unidad básica de producción y socialización en torno a la que gira el resto de sus organizaciones sociales. En la forma originaria de familia estricta o nuclear se compone de padre - madre - hijos. Y en su nomenclatura barí se le designa de la siguiente forma: Atida (padre) Abiobái-Abma (madre-mamá) Asasíyi (hijos) 86

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