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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 41 de acuerdo con los RR. PP . Conjueces, "que la Rvda . Comunidad no pue– de en manera alguna asegurar ni prometer el número fijo de novillos que yo solicito, si bien que hará lo que se pudiere en el particular o se darán las correspondientes providencias para hacer lo que se pudiere" . En inteligencia de esto y de los demás puntos que abraza la citada car– ta de V. Rma ., particularment e por lo que respecta a los indios peones que igualment e que los novillos se han de suministrar mensualmente, doy a V. Rma. y a la Rvda. Comunidad las más respetuosas y atentas gracias por un ofrecimiento que llenará enteramente mis deseos y me permite desde luego ofrecer a estos cosecheros de tabaco la seguridad de aquellos auxilios, de cuyo valor, en cuanto a los novillos, queda la Real Renta responsable en los términos que propuse a V.R . en mi carta de tres de este mes, sin embargo de que a este punto no me contesta y, siendo de tanta importancia , lo cuento por acordado y resuelto . En este concepto y en el de que las providencias que V. Rma. ofre– ce y puede tomar de acuerdo con los RR. PP. Conjueces serán efectivas y ejecutadas prontamente para la suministración de los peones y novillos que se pedirán con intervención del síndico de la Rvda. Comunidad. Espero no haya por esta parte alteración alguna, pues en todo evento la Real Renta se constituye responsable para que por ningún pretexto , sea el que se fuere, se nieguen ni escaseen los auxilios, a fin de que no se aventuren las cosechas de tabaco, o se pierdan en la mayor parte, de que podrán resultar gravísimos cargos a quien fuere causante, pues, como V. Rma. y la Rvda . Comunidad no pueden ignorar, este es un asunto puramente del servicio del rey y de los más delicados y críticos que se manejan, y, en mediando estas circunstancias, no hay persona de carácter que fuere, que pueda exceptuarse de contribuir con los auxilios que pudiere y se le pidieren por ministros autorizados para ello, como yo lo estoy, y en esta parte vivo confiado que tanto V. Rma. como la Rvda. Comunidad me harán la justicia de concederme la razón de que pido lo que necesito donde se halla con abundancia, y así, Rmo. Padre, tanto por lo que dejo dicho como porque deseo entrañablemente la paz, como lo están diciendo mis anteriores cartas, espero de la generosidad de V. Rma. que este asunto que debía haberse concluido en dos horas de tiempo y hace tantos días que dura , quede enteramente fenecido, contri– buyendo cada uno por su part e al mejor servicio del rey como fieles, lea– les y muy reconocidos vasallos de que nos gloriamos ser, en inteligen – cia de que la Real Rent a de Tabaco ha de permanecer y sus siembras se han de fomentar en esta villa, a pesar de cuantos pretendan impedirlo
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