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M1SION DE LOS CAPU CHI NOS EN GUAYANA 277 lo sirvió, a semejanza de una colmena maltratada, para alborotar a los señores sus poseedores, los que lograron no tan sólo dos reales cédulas contradictorias sino que, por la de 19 de noviembre de 1804, expedi– da en Aranjuez, quedaron mofados el Vicario Capitular, en sede vacan– te, y los curas, después de su provisión y canónica constitución de los beneficios, motivos justos por los que el vuestro Obispo de Guayana exige en las instrucciones que presento , la reversión de esta usurpación , sobre la que se representó por la curia a la expresada Audiencia Real de Caracas, en 21 de agosto de 1807, y, por no haber habido resultas, reproduce Su Ilma. a Vuestra Majestad. El Obispo de Guayana se queja , señor, con razón de esta tortuosa conducta y clama a V.M. se digne mandar no tan sólo tenga cumplimien– to la real cédula ya indicada de 8 de julio de 1803, con derogación de las dos posteriores, que son la de 2 de mayo de 1805 y la expresada de 19 de noviembre, sino que se entreguen al Ordinario eclesiástico todos los pueblos de indios que excedan de veinte años de fundación, duplo del término acordado por las leyes, sujetándose a su inmediata inspec– ción y sirviendo los misioneros en calidad de por ahora, hasta la pre– sentación de clérigos al concurso sinodal. Los misioneros apostólicos tienen designados en sus comunidades respectivas de provincia las recompensas dignas de sus tareas con las distinciones más recomendables, y de que sólo son acreedores los que evangelizando se internan a recoger los indios en sociedad; pero, en lu– gar de aplicarse los del Orinoco a estos trabajos, sólo se constituyen a disfrutar y aun a malograr la herencia que han heredado de sus mayo– res, en cuya comprobación , pudiendo citar un catálogo de hechos a cual más concluyentes, solamente atraeré a la consideración de Vuestra Ma– jestad los autorizados por los jefes de la provincia de Guayana y sus predecesores. Por los mismos expedientes del Obispo electo aparece cómo S.M., en 4 de abril de 1744, había ordenado que, prolongándose los misione– ros a evangelizar por otros parajes, de que tanto abunda la provincia de Guayana en su admirable circunferencia de 1.000 leguas, todas las mi– siones que tuviesen más de diez años de reducción se fuesen seculari– zando, cuya disposición, aunque rectificada por otras posteriores, que– daron como la de 803 ilusorias . Sucesivamente ocurrieron los desagra– dables acontecimientos constantes en las adjuntas copias del gobierno de Guayana; en ellas verá V.M. la decidida tiranía con que se han tra– tado por los misioneros aquellos naturales, tan transcendental a todo es-

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