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276 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZU ELA Obispo electo remita a V.M. los estados comprobantes de esta verdad. Por el uno se mira con dolor el idiotismo en que han procurado conser– var a aquellos naturales en el dogma, no tan sólo para su pacífica y vital posesión, sino para pasarla a los hijos de San Francisco, que, sur– cando el Océano con ideas evangélicas, sólo hallan un pingüe patrimo– nio feudal y ex-religioso, muy diferente a los Pizarros y otros españoles, que, por no cederlos durante sus cortos días, en recompensa de sus fati– gas, terminaron en decapitación. Por los mismos estados notará Vuestra Majestad los pocos progre– sos de la santa doctrina, pues sólo hay en las misiones del naciente 37 personas de comunión, que probablemente son los mayordomos españo– les y sus familias, únicas que cuidan de sus Señorías y de cuyas acciones, en medio de su mecanismo (roto) subsisten privados aquellos más que sufridos y laboriosos naturales, quienes hasta en el castigo del pecado consumado por nuestros primeros padre s hallan más sensible que ningún viviente su propia miseria y aflicción; y, si esto sucede en materia tan sa– grada, como la más importante, ¿qué no acontecerá en la parte política de aquellos compasivos habitantes? Esto sería nunca acabar, pues no tan sólo desconocen, por combinación de los Padres, de toda educación es– pañola con contravención de nuestras leyes rectificadas por ulteriores reales cédulas, sino que se les priva por cálculo de aquella precisa in– clinación al bienestar que necesariamente debe haber en todo ciudada– no para su propia felicidad, de sus familias, del país que moran, y la del Estado. Los muy dignos Obispos de Guayana, los Ilustrísimos !barra y Mohedano, trabajaron infructuosamente para atraerlos a sus sagrados deberes, pero nada debe extrañar a V.M. su inflexibilidad, cuando a los religiosos que disentían de sus ideas, más proporcionales a lo mercantil que mendicantes, hallaban la confinación de que ha habido hechos tan positivos como ruidosos y de que he conocido sus víctimas. En 8 de julio de 1803, a consulta del Supremo Consejo de Indias, ordenó Su Majestad al vuestro Obispo de Guayana, que todas las doctrinas que ser– vían los Capuchinos y demás religiosos del obispado, que tuviesen más de diez años de reducción, fuesen secularizando, y que los Capuchinos y demás religiosos que se desocupasen de este cargo, se empleasen en ex– tender la religión por otros parajes desconocidos, conforme a su institu– to; pero esta reliberación tan santa, benéfica y conveniente, en lugar de hallar aquella acogida que hubiera encontrado en los que, animados de verdaderos sentimientos teológicos, deben sembrar el Evangelio, só-

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