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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 203 cisco Antonio Echeverría , síndico de la comunidad de Capuchinos ca– talanes de esta provincia, como mejor haya lugar ante Vuestra Señoría presento la real provisión que acompaño, de 19 de enero del presente año, sobre carta de otra anterior dirigida al mismo fin de pago y demás que contiene la real cédula inserta, en cuya virtud a V.S. suplico se sirva mandar se cumpla y ejecute como en ella se contienen , y, en su consecuencia, que se me entregue la cantidad de sínodos que se expre– san, mediante justicia que pido a V.S. Auto. - Por presentado con la real provi sión sobre cart a que se expresa, la que, vista por Su Señoría, el Sr. Gob ernador Comandante general e Intendent e, digo que, obedeciéndola, como la obedezco, con el respeto y veneración debid a, debía mandar, como mando, se agregue al expediente de la anterior a que se refiere y trai ga a la vista para pro– veer lo que corresponda para su cumplimiento. - Inciarte Sánchez. Pr oveyó el Sr. Gob ernador , Comandante general e Intendente de esta provincia, con acuerdo del señor subteniente Auditor y Asesor ge– neral , que lo firman en Guayana , a 28 de marzo de 1801. - Doy fe, Ni– colás José Canals, escribano público y del gobierno interino. - Incon– tinenti lo hace saber a la parte. Doy fe, Canals escribano. Auto. - En la ciudad de Guayana , a 30 de marzo de 1801. El Sr. D. José Felipe Inciarte, Teniente Coronel de los reales ejércitos y Go– bernador, Comandante general e Intendente de esta provincia por Su Majestad , que Dios guarde . Habiendo visto la real provisión librada por el superior tribu nal de Su Alteza en la Real Audiencia y Cancille– ría de este distrito, que reside en la ciudad de Caracas, fecha 27 de julio de 1798, con inserción de la real cédula , fecha en San Ildefonso el 7 de septiembre de 1797, sobre los seis puntos que Su Majestad , que Dios guarde, se sirvió resolver , relativos a lo espiritual de las mi– siones del cargo de los RR. PP . Capuchinos catalanes de esta provin– cia; a los pueblos pueblos erigidos o que se erigieren en doctrinas; a las en– tradas que se hicieren a los montes para sacar los indios infieles; a la ci– vilización política y cristiana de los indios; al gobierno político y eco– nómico de los pueblos de reducciones, y acerca de si se han de poner al corriente los sínodos señalados a los misioneros de esta provincia , con lo demás que para su cumplimiento se expone en la misma real provisión , igualmente que en la posterior sobrecartada, dijo Su Seño– ría: Que a consecuencia del auto que el 22 de octubre del año pasado del 98 proveyó para el cumplimiento de la primera , pasó oficio al R.P. Prefecto de las misiones para que a la mayor brevedad se trasfiera a

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