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168 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIA L DE VENE ZUE LA cada pueblo de los así separados los hatos particulares llamados, entre– gándose por formal inventario al corregidor, gobernador y alcaldes de indios, que se nombrasen, siendo a cargo de todos su administración, conservación y aumento , llevando cuenta formal de gastos y productos para rendirla anualmente al Intendente de la provincia, entregando sus líquidos productos en las cajas reales como bienes de comunidad, que– dando sujeta su distribución e inversión a las mismas reglas que los de– más bienes de comunidad, sacándose de ellas el sínodo de los curas doc– trineros y salarios de los corregidores, excusando pensiones a los indios con los cuatro reales que cada uno paga anualmente en aquellas provin– cias para dicho salario y que sucesivamente se vaya ejecutando otro tanto con los pueblos reservados a la enseñanza de los misioneros, luego que cumplan los diez años de fundación: que los dos hatos grandes y los particulares de las misiones que por no haber cumplido los diez años subsistiesen doctrinándose por los mismos religiosos, convendría se ad– ministrasen por su Procurador síndico secular, que reside en la ciudad de Guayana, con la obligación de dar cuenta formal cada año al Inten– dente, quien libraría sobre sus productos los sínodos de los misione– ros, y el resto debería invertirse a beneficio de los indios y en promo– ver y costear otras reducciones, todo con la misma autoridad y la debi– da cuenta: que en los pueblos de misiones, que, por pasar de diez años de fundación, hubiesen de gobernarse por corregidores y curas párrocos doctrineros, sería muy conducente se estableciesen algunas familias de españoles de buena conducta y aplicación e industria, para que con su trato y a su imitación se instruyesen los indios en nuestro idioma, reli– gión, usos y costumbres, olvidando las bárbaras en que se han criado, pues, lejos de oponerse estos a las leyes, le parecía conducente a su fin, porque aquéllas debían extenderse sólo a las nuevas reducciones, y que consideraba también muy importante que todos los pueblos de indios contasen a lo menos de 400, con señalamiento de tierras necesarias para pastos, labranza y cría con arreglo a las señales, pues por el menos cuidado que se había tenido en este punto, formando pueblos de cien– to, de cincuenta y aun de menos indios, se halla notablemente gravada mi real hacienda con la multiplicación de sínodos, fábricas de iglesias y sus ornamentos, de que no era fácil el remedio a menos de que tuviese a bien expedir real orden a esa mi Real Audiencia para que tomase a su cargo el arreglo de este asunto, superando las dificultades que se pre– sentasen respecto de los pueblos ya fundados, y no permitiendo el es– tablecimiento de otros sin las reglas y número de indios que se prefijasen.

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