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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 67 156 Contest ación del P. Prefecto Benito de La Garriga a la determinación del Comandante D. Manuel Cent urión sobre el traslado de los pueblos misionales Piacoa, Uyacoa, Tipurua y Unata (Misión de Altagracia, 8 fe- brero 1768) . - Copia (AGI, Caracas, 228). Señor Comandante general de estas provincias de Guayana y Ori– noco D. Manuel Centurión. Muy venerado señor: Recibo con toda veneración y respeto la car– ta exhortatoria en nombre del rey nuestro señor y suplicatoria en el de V.S., su fecha en Guayana, día 14 de enero de este año de 1768, en la que dispone Vuestra Señoría que se den por mi parte las más prontas y eficaces disposiciones para que con la brevedad posible se transmigren los pueblos de Piacoa, Uyacoa, Tipurua y Unata a la margen occiden– tal del río Caroní, diez o más leguas distantes de su boca, para que en esta situación, muy lejos de ser útiles al enemigo que intente atacar el presidio de Guayana , servirán de fomento a la nueva ciudad de Angos– tura y de auxilio a sus habitantes para desalojar a los sitiadores de la importante fortaleza del presidio, y que debe hacerse la transmigración de dichos cuatro pueblos por existir en sitios contra la real orden ins– tructiva de 5 de junio de 1762, en el artículo 6, etc. En vista de lo cual y venerada sobre todo y en primer lugar la real orden citada, como a disposición de nuestro soberano monarca, me es in– dispensable el hacer presente a Vuestra Señoría, para cumplir con las leyes municipales de estas misiones, aprobadas por Su Majestad, con las de mi conciencia y con las mismas de Recopilación, que S.M. tiene expedidas en materia de súplicas y representaciones a los pies del real trono, conforme a las de las gentes y naturaleza de que siempre se ha– gan cuando conducen a mayor bien, especialmente si el tiempo de la ejecución de los primeros reales mandatos mudó el semblante el primer sistema con notables circunstancias, que es de mi grave obligación, fun– dada en estos motivos y en la práctica inconcusa de todos los días, el ha– cerlas a Su Majestad, deseoso siempre de la mayor gloria de Dios, bien de las almas de sus vasallos y de la monarquía, fundadas en las razones siguientes: Que de tiempo en que se pudo informar a Su Majestad, antes de expedir la citada real orden, no habían experimentado estos sus misio-

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