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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 377 Suplico a V.S. se sirva señalar tierras a dichos indios para que se les funden pueblo, con inteligencia de que los sitios de Puca y de Upa– ta, a la parte del sur del río Caroní, a donde los propios indios se han mudado , intermedio de los castillos de la antigua Guayana y de la nueva llamada Angostura, son los únicos parajes en que se verifican las condi– ciones más a propósito de fundaciones por haber allí tierras fértiles con aguas para las labranzas y casas de indios con inmediación al lugar en que se les ha de fabricar iglesia, para que queden bajo de campana y con observancia de todos los demás requisitos que previenen las reales disposiciones, librándose para ello el despacho necesario. - Fray Félix de Tárraga. Caracas, primero de febrero de 1785 años. - Remítase esta instancia al Sr. Subdelegado de la Real Hacienda y realengos de la provincia de Guayana, para que, en uso de sus facultades y de las que se le han dado por esta Intendencia, determine en su asunto lo que tuviere por más con– veniente. - Saavedra. Guayana, 20 de abril de mil setecientos ochenta y seis. Las fundaciones de los pueblos de Santa Cruz de Montecalvario y Santa Ana en los terrenos que están situados entre el presidio y río de Caroní los bañan ( ¿) en bien los aires saludables, se hallan provistos de aguas corrientes con abundancia de tierras de labor, que comienzan desde sus recintos con montañas, muy dilatadas de arboledas de diferen– tes calidades, útiles para obras, sus iglesias decentes y las casas en orden según leyes municipales de estos reinos, y prometen la mejor comodidad y fomento de sus moradores, y remítase este expediente al M.R.P. Pre– fecto de las misiones de Capuchinos catalanes de Guayana para los efec– tos que les convenga. · Marmión. Concuerdan estas sobredichas copias con sus originales que paran en el archivo de la misión de RR. Padres misioneros capuchinos catala– nes de la provincia de Guayana, ciertas y corregidas y comprobadas, las que saqué de orden de mi M.R.P. Prefecto, y para que conste lo firmo y doy fe en este pueblo de Caroní en siete de julio de mil setecientos ochen– ta y seis años. Fray Serafín de Arens, Secretario de la misión ( firma y rúbrica).

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