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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 241 ducciones tienen los misioneros el manejo y dirección de los cortos bienes de los indios, es porque la pobreza del pueblo no puede mantener minis– tro real, o porque no hay militares bastantes que con solo su sueldo gobier– nen los pueblos. Que si los indios que están en las orillas del Orinoco y Río Negro, se hallan gobernados en lo político por cabos a guerra, con más razón deben estar los del río Caroní , por ser los primeros que por su situación encuen– tra el enemigo si ataca aquella provincia, por lo que y en el ínterin que yo resolvía lo que fuese de mi real agrado, quedaba con el gobierno militar y político de los enunciados pueblos del Caroní, el ayudante de aquellas milicias D. Diego Rodríguez, sujeto idóneo y de acreditada conducta. En otra carta de veintinueve de julio del mismo año de 1771, acom– pañada de varios documentos, participa el referido Comandante que los expresados religiosos capuchinos catalanes han insistido en que les es privativo el gobierno político , civil y económico de los cuatro pueblos de indios: que han procurado inspirar tal desafecto al oficial que envió con el fin de resguardar las provincias, que llegó al extremo de intentar se su– blevasen, persuadiéndoles a que no obedeciesen a otro que al Prefecto re– ligioso y, dilatándose en referir los motivos que tuvo para no conceder li– cencia de venir a España con el fin de instruirse en estos acontecimientos, a Fray Jaime Puigcerdá y señor (Padre) Joaquín Martorell, concluyó su– plicando se tuviesen presentes estos hechos por si recurrían dichos reli– giosos. En su vista mandé por mi real cédula de 20 de septiembre de 1772 al citado gobernador que no tomase providencia alguna con los expresa– dos misioneros, y cumpliese sólo lo que se le ordenase , y al mismo tiem– po encargué al Provincial de Capuchinos de Andalucía, como Comisario de las misiones de Capuchinos catalanes de la Guayana, me informase los motivos por qué no habían entregado aquellos religiosos los citados cua– tro pueblos, el estado en que se hallaban aquellas misiones y si los in– dios satisfacían los tributos y diezmos. En su cumplimiento el referido Provincial de Andalucía, en carta de 9 de octubre siguiente, acompañada de otros documentos, expuso la poca razón que podía dar de estas mi– siones por tener remitidos los papeles al Provincial de Cataluña, la licen– cia que a solicitud de éste había dado a Fray Fidel de Sautó y su compa– ñero Fray Jaime de Puigcerdá, que acababan de llegar de la Guayana pa– ra venir a esta corte y responder a cuanto se les preguntase, pudiendo él sólo decir que su provincia había tenido algunos años misión en el al– to Orinoco, perteneciente al territorio del gobierno de la Guayana, y le

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