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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 201 pasó un religioso de procurador a Madrid, en que se halló la noticia que, por octubre del año pasado , se le había enviado orden al Comandante para que no hiciese novedad en estas misiones , y nos escribía también el procurador que , en punto de diezmos ni otras pretensiones que propo – nía el Comandante , en el Consejo habría novedad. Las instrucciones que daba el Comandante a los corregidores se opo– nfo.n a lo que practic aban los misioneros, fundados en la cédula de 1702 , en que dispone S.M. que los misioneros capuchinos cuiden de que los in– dios hagan sus labran zas de común y que los mismos religiosos les hagan beneficiar los frutos y que les repart ari sus productos, y que estas hacien– das estén en nombre de los Padres que gobiernen a los indios, a título de administración . Lo mismo disponen nuestras ordenaciones y declara– ciones generales, confirmadas por S.M. y encargadas para su observancia a la Real Audiencia, para que no vayan contra su tenor. También los se– ñores gobernadores y los Ilmos. Srs. Obispos que han visitado estas mi– siones, hasta las más remotas , como consta de sus firmas en los libros de bautismos , matrícufa s, etc ., y de los informes de visita, nunca han sido de parecer que sea conveniente que se demoren estos indios ni que se les pon~a corregidore s, por ser tan abierta la provincia y tener tantas nacio– nes de indios para reducir y ser más inclinados a los extranjeros que a los españoles, porque con aquellos es corriente el comercio de poitos con di– chas naciones del monte. Tengo una copia de la cédula del año 1766, que me la envió el Co– mandante para movernos a entre garle las misiones , dirigida al goberna– dor de Caracas, en que se refiere, entre otras cosas, que el P. Prefecto de los Padres andaluces presentó tres pueblos al dicho gobernador para pone rlos al cuidado de los seculares, y que no los querían admitir, pretex – tando que se perderían. En otra cédula del año 1770 dice S.M. al P. Pre– fecto de las misiones de los Padres aragoneses de Cumaná, que, en los tres pueblos que se mencionan en ella, por ahora no se haga novedad ni se les pongan corregidores, y que dichos pueblos sean gobernados por alcaldes propios. Los indios expresados en ambas cédulas están poblados entre muchos españoles y con muchos riesgos de perderse, y con todo se hallan reparos para dejarlos seguros sin novedad de corregidores ni de– mora. Los indios de estas misiones de Guayana no tienen españoles sufi– cientes para causarles algún aspecto de sujeción, además de tener tantas naciones que reducir, con otros respectos que militan. Estos son los fundamentos de nuestra oposición por no habernos ma– nifestado orden contraria; sin detenerse en dichos reparos ni recelos el

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