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MI SION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 199 La Contaduría ha examinado este expediente y reconoce que, aun· que sobre lo principal a que se dirige el actual recurso y tiene por objeto el instruir de los efectos favorables de la transmigración de los pueblos de indios , que se citan , resulta ya aprobada por el Consejo, no ocurre a esta oficina que exponer. Pero nota que además manifiesta este Coman– dante haber dado instrucción para el manejo de los cabos militares en el gobierno político y económico de los pueblos de indios de las misio– nes de allí. Y como esta novedad la hayan impugnado los misioneros catalanes en los pueblos que se citan, en informe hecho por la Contadu– ría con fecha de 21 de agosto de este año, como opuestas a los derecho:5, regalías y preeminencias que les están concedidas por leyes, conviene acla– rar si, donde ha establecido aquella clase de jurisdicción y gobierno, son pueblos que ya están entregados por las misiones conforme a las leyes por haber pasado el tiempo que prefinen , o si, por el contrario, ha plantado este nuevo régimen en los que legítimamente aun subsisten y deben per– manecer bajo el cuidado espiritual y temporal de los misioneros. Para aclarar este punto parece propio se pida informe al gobernador de Caracas, como director de los nuevos establecimientos del Orinoco y Guayana, previniéndole oiga en el particular a el Prefecto de las misio– nes de allí. Y, en cuanto a los otros descubrimientos de que da cuenta, de los auxilios que solicita para verificar la felicidad que dice ofrecen al esta– do, cantidades que pide de las reales cajas de Cumaná para conseguir el objeto de aquellos establecimientos y nueva gracia que sugiere de comer– cio libre para aquella provincia sobre las mismas reglas del concedido a las islas de Barlovento y Campeche y demás puntos que promueve este Comandante en su carta, estima la Contaduría que, siendo todos ellos de la mayor importancia y careciendo de la justificación y calificación que exigen por su naturaleza, no cabe otro temperamento que el de re– mitir copia de la citada representación al mismo gobernador de Caracas y al Virrey de Santa Fe, para que, como autorizados con la dirección de estos asuntos , expongan con separación y claridad lo que sobre cada uno de los particulares que contiene, se les ofrezca, instruyéndolos para el acierto con las diligencias, informes y noticias que gradúen oportunas, pues, procediendo el nominado Comandante bajo sus órdenes y dirección en estas materias, y constando del expediente haberle comunicado sus intenciones y progresos en ellas, parece es indispensable adoptar el me– dio propuesto para poner el expediente en estado de formal y positiva providencia.
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