BCCCAP00000000000000000000220

MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 153 sacas de indios , fundar los pueblos, mandar en todo eso a los mlSlone– ros, sin tener la práctica de las circunstancias de aquellos naturales, co– mo la tienen los misioneros criados y destinados a ese fin. Por esto ha sucedido que , por contemporizar con él, han fundado algunos pueblos muy distantes del cuerpo de las misiones, contra lo que le tenían repre– sentado de que no perseverarían en aquella distancia , por no podérseles unir las provincia s de los otros en los casos de sublevación, que allí son frecuentes, y de ellos poco ha se perdieron dos o tres con muertes de un misionero, dos soldados, siete españoles y dos indios mansos. Otr as novedades introdujo también , como la de poner corregidores en algunos pueblos de misión, sean novísimas o antiguas, y sin inteli– gencia de vuestro Real Consejo; el entre gar los indios a la única disposi– ción del corregidor, no solamente en el gobierno militar y de las armas, que siempre han tenido allí los reales ministros , como lo demuestran los muchos casos que se han ofrecido, sino también en el civil, político y económico , como es hacerles formar los pueblos, enseñarles y ejerci– tarlos en cosechar frutos , tener y criar ganados, aves, tabaco , algodo– nes , darles o negarles las licencias que piden para ausentarse de sus pueblos , repartirlos a los trabajos de V.R .M. y de los particulares , cui– dar de sus bienes y repartirlos , etc . Sobre todo porque, habiendo pedido a los misioneros que los in– dios fuesen a trabajar sin paga ni ración a una fortaleza que levantaba en la isla de Fajardo, no consintieron el continuar a enviárselos después que , por temor de sus rigores y creyendo que así los mitigaría, le habían enviado ya dos peonadas de 120 por 20 días continuos cada uno, cuyos jornales importaban 1.103 pesos , 3 reales, inclusa la comida que ellos mismos se habían costeado , viendo los religiosos que no podían coope– rar a más ni aun a tanto contra su propia conciencia y vuestras reales leyes, que mandan tan expresamente la paga de los jornales de los in– dios y la correspondiente manutención. Aquí hizo la resolución de po– ner corregidor en los cuatro pueblos inmediatos a la dicha fortaleza con total independencia de los misioneros. No pueden comprender éstos que dicho vuestro Comandante gene– ral haya tenido otro motivo de sentimiento contra ellos sino el de repre– sentarles humildemente contra sus empresas , ni entenderían tampoco que este moderado proceder fuese capaz de mover las iras de un distin – guido oficial contra quien le representa si él mismo no lo hubiese ma– nifestado a la cara de los mismos misioneros y de varios modos. Por tanto, pide y suplica a V.M . el humilde exponente Viceprocu-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz