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56 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA exigencia de Oleaga los misioneros no se dieron siquiera por enterados, convencidos de que estaban exentos. Aquel acudió entonces a la Au– diencia de Santa Fe, poniendo pleito a los religiosos. Allá fue enviado también en 1773 el P. José Antonio de Cervera. No obstante la dili– gencia de este religioso, se dio sentencia en contra por la Audiencia (6 julio 1773) , 22 exigiéndolos sí pero con la mayor moderación. Se co– municó esa sentencia al P. Prefecto, quien contesta (7 septiembre 1773) diciendo estaba esperando lo gestionado por el Procurador de la misión, P. Fidel de Sautó, ante el Consejo de Indias. Luego, no satisfeccho con tal sentencia, acude al virrey mostrando su disconformidad por creer estaban exentos de pagar diezmo alguno ( 27 abril 1775), enviándole un estudio en que se exponían las razones de tal exención. 23 No contentos con eso, se acudió al Consejo, se recurrió a la mis– ma Audiencia; hubo alegaciones de una y otra parte, pero, resumiendo, la realidad fue que el pleito no se ventiló de momento ni mucho me– nos, y que todavía por los años 1795, 1804 y hasta 1815 estaba tra– yendo y llevándose. 24 Fue una ·cuestión ligada a la de pagar o no los subsidios a los misioneros, de que luego hablaré, alegando éstos que bastantes diezmos pagaban cuando les estaban debiendo varios miles de pesos por no habérselos abonado a su tiempo. 7.-No obstante lo expuesto y reconocer que la situación no era muy propicia a grandes progresos, lo cierto es que la misión siguió ade– lante y experimentó notables adelantos, de modo especial en la funda– ción de más pueblos. Para esto los misioneros no se apartaron del mé– todo empleado, el de las entradas, efectuadas, a lo largo de ese dece– nio, dos, tres y hasta seis veces al año para nuevas reducciones, yendo casi siempre acompañados los religiosos de indios poblados, ya que la escolta de 20 a 30 hombres que debía estar a su disposición, fue redu- 22 . Sobre esta empalagosa cuestión de los diezmos se encuentra más que sobreabun– dante documentación en AGI, Caracas, 353, en dos piezas: "Demanda instrui– da por el Contador oficial de la Real Hacienda de estas cajas contra la Comuni– dad de RR. PP. Capuchinos catalanes de esta provincia" (1772). El misionero P. Jaime de Puigcerdá escribió a favor del derecho de los Ca– puchinos a no pagar tales diezmos un docto e interesante opúsculo, al que se dio luego en llamar "Carta magna" (V. en Archivo de la Corona de Aragón, Fondos monacales. - Universidad, leg. 56, tomo 2~, 34 folios; Biblioteca Pro– vincial y Universitaria de Barcelona, ms. 1808, ff. 175-183). 23. Carta del P. Benito de La Garriga, (AGI, Caracas, 352). 24. Cfr. esta documentación en AGI, Caracas, 352.

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