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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 55 sagrado" y que, de continuar persiguiendo a dichos religiosos "tomaré contra vos la severa providencia que corresponda". 18 Centurión contestó a esa cédula con un largo alegato ( 15 noviem– bre 1775) en que acepta el contenido de aquélla, pero segnidmncntc, queriendo justificarse, vuelve a lanzar las mismas acusaciones y los mis– mos improperios contra todos los misioneros, sobre todo contra los PP. Jaime de Puigcerdá y José Antonio de Cervera. 19 De todos modos, aunque lentamente, Centurión fue corrigiendo errores y enderezando entuertos. 6.-El Fiscal del Consejo de Indias, después de examinar las car– tas e informes enviadas por Centurión sobre el asunto de los corregi– dores, etc., se expresa así: "Halla (el Fiscal) que sólo un odio impla– cable hacía estos misioneros pudo hacerle prorrumpir en unas expresio– nes tan poco decorosas para el hábito que visten y a la santa vocación en que se emplean y tan distantes de verosimilitud". 2 º Y esa preven– ción se dirigía particularmente contra los mencionados religiosos. Es que ambos habían gestionado tan delicados asuntos: uno, el P. Jaime de Puigcerdá, en Madrid y ante el Consejo de Indias; el otro, P. José Antonio de Cervera, en Bogotá y ante la Audiencia de Santa Fe. Fue– ron los dos que llevaron el peso de la contienda y lucharon denodada– mente contra el proceder duro y tenaz del Comandante de Guayana, de tal modo que el P. Jaime escribía desde San Ildefonso ( Segovia) en agosto de 1774, que era imposible seguir así con aquel método de go– bierno, pretendiendo hacer grandes adelantos en poco tiempo: que el alegar cédulas sólo le servía para tomarlos por enemigos y que, a pesar de haber el aviso y amonestación por la cédula ya citada del 20 de septiembre de 1762 para que no pusiese corregidores, siguió adelante y llegó a apoderarse de la administración de todos los bienes de la mi– sión, incluso de las limosnas y estipendios de las misas. 21 Como siguió con la cuestión de cobro de diezmos sobre los bienes de los misio– neros y de los indios. Es otra cuestión, pesada y enojosa, llevada más bien por el Con– tador de Hacienda D. Andrés de Oleaga y además en esos mismos años, 1771-1773, en que Centurión planteó lo de los corregidores. Ante esa 18. LODARES, o. c., 248-50. 19. Se encuentra en AGI, Caracas, 352. 20. Informe del Fiscal del Consejo, Madrid, 12 mayo 1772 (AGI, Caracas, 352). 21. Carta del J. Jaime de Puigcerdá, San Ildefonso, 12 agosto 1774 (ibid.).

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