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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 381 "Instrucciones que da el gobernador de Esquivo al Maestre de Pos– ta del río Cuyuní, habitante en la casa de sitio Aguigua, que, traducidas de la lengua holandesa al español, son como siguen: 1 ~ - El Maestro de Posta es obligado a tener a los indios vecinos por amigos y no les hará daño alguno, ni les molestará, ni les quitará sus bienes, ni permitirá que otros se los quiten. 2~ - El Maestre de Posta tendrá gran cuidado de no hacer a los españoles algún daño, ni darles motivo de quejas; con todo es obligado el dicho Maestre de Posta de observar y ver en dónde van fabricando sus casas los españoles y observará todos los movimientos que hicieren en el río Cuyuní porque no nos ocasionen alguna molestia, y siendo así nos dará luego aviso, y asimismo cuando vinieren algunos por cobranzas. 3~ - El cabo o Maestre de Posta no permitirá a alguno negociar en dicho río menos que tenga pasaporte que le dé facultad, y se encarga que a los indios que deben esclavos, no se les dé otros rescates adelantados hasta que hayan pagado los esclavos que deben; asimismo no impedirá a los indios sus viajes ni los entretendrá cuando van a hacer sus pagos. 4~ - El cabo tendrá gran cuidado sobre los cimarrones y, cuando supiere que hay algunos, los perseguirá hasta cogerlos y, cogidos, los pre– sentará al gobernador y se le pagarán diez florines por cada uno, como está establecido por la audiencia de Esquivo, y, cobrando esclavos de otros, tiene asimismo diez florines por cada uno. 5~ - Cuando los esclavos se huyen y sus amos los persiguen para cogerlos, los dejará pasar, pues no tienen tiempo para pedir el pasaporte y les dará favor para cogerlos. 6~ - La noble Compañía da libertad a la Posta para tener su negocio libre por su cuenta, con la condición que todo lo que comprare, lo ha de preferir a la Compañía, porque le pagará el mismo precio que los demás, en buenos géneros y precios. 7": - El Postero es obligado a cobrar todas las deudas que se que– daron debiendo a el postero su antecesor inmediato, porque también se le pagarán los diez florines por cada hamaca y así todo lo que comprare lo debe manifestar a el gobernador. 8~ - Asimismo, es obligado el Maestre de Posta a dar relación de todo al gobernador dos veces al año y debe residir siempre en su posta como buen servidor. - Río Esquivo, a 29 de noviembre de 1757. - Laurens Storm Sandey.

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