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288 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA ta resolvió S.M. se pidiese al obispo de Puerto Rico el informe que se propuso por el voto particular. Con la misma fecha que esta expresada consulta, hubieron otras dos sobre que se diesen ornamentos para las iglesias de dichas misiones y 3.000 pesos en Caracas por lo no cobrado de una libranza y para la ma– nutención de 25 familias que pidieron dichos religiosos, de las islas de Canarias, y a la consulta en que iba propuesto el pase de éstas, se con– formó S.M. con la circunstancia de que hubiese de proceder informe del capitán general de Canarias para que dijese si había inconveniente en sacar de aquellas islas estas familias; y habiéndole escrito sobre esto, res– pondió, entre otras cosas, no hallaba inconveniente en el pase de estas familias. Esta respuesta y otra carta del Juez de Canarias sobre lo mis– mo pasaron al señor fiscal general y fue de parecer se expidiesen los despachos correspondientes en ejecución de lo resuelto por S.M. Y, visto en el Consejo, se conformó con este parecer y que se avisase al Juez de Indias la providencia resuelta por la subsistencia de dichas fa– milias. Este es el estado de esta dependencia, y se duda si se ha de dar or– den para que pasen los 12 religiosos, respecto de estar incluida esta circunstancia en la consulta referida, en que mandó S.M. se pidiese in– forme al obispo de Puerto Rico, en vista del voto particular, no obstan– te haberse mandado por la primera consulta pasasen dichos religiosos. También se duda si se han de expedir las órdenes para el pase de las 25 familias, respecto de haberlas pedido para escolta, seguridad y resguardo de los misioneros. Consejo de 26 de noviembre de 1735. A consulta, proponiendo a S.M. primeramente todo el caso y las du– das de la secretaría, siendo de parecer el Consejo que se dé providencia pa– ra que pasen luego los doce religiosos y las 25 familias por la gravísima necesidad que hay de misioneros, y de que se fomente la propagación de nuestra santa fe, esperándose los informes que S.M. ha mandado se pi– dan al obispo de Puerto Rico sólo para la práctica de lo propuesto para la dotación de los curatos como se lleva entendido (Siguen dos rúbricas).
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