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216 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA Asimismo pongo en la soberana noticia de V.M. que la gente que ha quedado de las veinticinco familias que de orden de V.M. se trans– portaron a dicha Guayana de las islas de Canaria, son de ninguna utilidad para aquella provincia por ser inútiles para el manejo de las armas, gen– te ociosa y vagabunda, cogida de leva en dichas Canarias, involuntaria, y como tal no ha sido posible aplicarse a ningún trabajo de la labranza ni fábrica de casas, razón por que padecen muchas necesidades de desnu– dez y hambres, y ésta se ha acrecentado y acrecentará con haberse vuel– to a restituir a dicha Guayana el misionero que pasó a Santa Fe a re– caudar el caudal que V.M. fue servido de librar en aquellas cajas sin nin– guno ni para dichas familias ni para los misioneros. V.M. dará las pro– videncias que fueren de su mayor agrado. Sobre que debo decir a V.M. que para que tenga efecto y se logre tan justa y santa resolución, co– mo V.M. ha mandado, para la conversión de los indios de aquella pro– vincia, será el medio más conveniente remplazar a la Guayana con cien infantes de esos reinos y éstos armados y que tengan situación sobre ramo seguro de real hacienda en la ciudad de Santa Fe, con lo cual serán asistidos y dominarán a los indios de aquella provincia, que por esta falta se han habilitado, como en la presente ocasión se ha experimentado, a no hacer caso de los mandatos de los ministros de V.M., y se sigue asimismo que las demás naciones que habitan en las riberas del río de Orinoco, tengan el respeto debido a las reales armas de V.M. y se con– tendrán en sus bárbaras y depravadas operaciones. Y no haciéndolo, se les podrá castigar, lo que no se puede al presente, por el corto número de infantería que tiene aquel presidio y de mala calidad. Y lo mismo milita en la infantería que baja del Nuevo Reino, como se tiene experi– mentado, y que los más de éstos vienen aprisionados por malhecho– res y como tales proceden en el real servicio de V.M., a más de ser inú– tiles para el manejo de las armas. Y siendo V.M. servido remitir dichos cien infantes, se ha de ser– vir al mismo tiempo mandar al gobernador de la provincia de Cumaná remita dos barcos a esta isla para transportar de ella a la Guayana los di– chos infantes, por no haber en esta dicha isla embarcación con patente para poderse transportar. Sobre todo mandará V.M. lo que fuere de su real agrado, cuya católica real persona guarde Dios como la cristiandad ha menester. Trinidad de Barlovento y enero, 15, de 1719. Besa los pies de Vues– tra Majestad su más fiel y leal vasallo, Don Pedro de Yarza.

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