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202 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA habíamos de volver a los reinos de España para dar cuenta a nuestros su– periores y al rey nuestro señor en su Real Consejo de las Indias del es– tado de las misiones que puso a nuestro cargo, haciendo saber a V.S. que no valdría el denegarnos la licencia que tan repetidas veces le ha– bemos pedido, pues también nos iríamos sin ella como con ella, pues nos veíamos compelidos de la necesidad, que bien justificado tenemos poder– lo hacer, porque el único reparo que se nos puede obstar es aquella cláu– sula de la citada cédula: "Y les encargaréis y pediréis en mi real nom– bre, que pasen a la Guayana", pero esto ya queda bien satisfecho en el primer informe que V.S. fue servido dar al Real Consejo recién vuelto de ver ocularmente la Angostura y la provincia de la Guayana, a cuyo informe nos remitimos, y suplicamos a V.S. se sirva exhibirlo tantas cuantas veces fuere menester. De todo lo dicho y de lo que reservamos a decir para la mayor oca– sión, es digno de repararse por todos los cuatro misioneros que únicos hemos quedado en esta isla, que desde los primeros de abril de 1702, en que llegamos a esta isla, siempre han ido solicitando por todos los me– dios que han sabido, lo que ahora con tanta facilidad pueden ejecutar por más que nosotros mismos lo pidamos, y si no refléctese (sic) la ci– tada cédula, repárense los informes que se dieron para ganarla, y atién– danse las representaciones que en el mismo tiempo han hecho los Pa– dres misioneros: que así como éstos no atendían sino a conservar estas misiones y aumentarlas con otras muchas, tanto en la isla como en la Guayana, podrán bien conocer de aquéllos la pretensión si era lo que se dice, que con tanta facilidad ahora pueden ejecutar, y con la particula– ridad que ahora con capa expresa lo que antes con capa paliada. ¿Quie– ren curatos y no quieren poner curas? El rey manda en sus cédulas que los curas sean clérigos seculares, y contra la voluntad del rey quieren que sean religiosos capuchinos; el rey manda que pasemos a la Guayana, y contra la voluntad del rey nos impiden ir a Guayana; el rey manda que nos salgamos de esta isla, y contra la voluntad del rey nos prohiben salir de la isla; lo que el rey manda fue a petición de este gobierno y este go– bierno priva ejecutar lo que el rey manda; el rey por no lacerar la altísi– ma pobreza que profesamos nos inhibe de ser curas, y, por más que no lo quiera el rey, el gobierno quiere que seamos curas. Desde el año 1713 hasta el presente de 1714 están estas misiones erigidas curatos sin cu– ras, mas no han sido erigidas curatos sin corregidores: aquí se ve el fin que tuvieron para pedir se erigiesen curatos las misiones, no fue para introducir curas en curatos sino para introducir corregidores en misiones.

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