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100 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA mucho que conviene atender a que estén puntualmente asistidos aquellos religiosos que con tanto celo se emplean en la conversión y reducción de los indios; y de esta mi cédula tomarán razón mis contadores de cuen– tas que hay en el Consejo de las Indias y los contadores diputados de la avería de esa casa. - Fecha en Madrid, a siete de febrero de mil seiscien– tos y ochenta y seis años. - Yo el Rey. - Por mandado del rey nuestro se– ñor, Don Antonio Ortiz de Otalora. 7 Cédula por la que la misión de Trinidad y Guayana queda separada en un todo de la de Cumaná (Araniuez, 29 abril 1687). - Original (AGI, Indiferente general, 2876, Registro de cédu• las, libro FF-8, f. 207). El Rey: Por cuanto he resuelto se forme y funde una nueva misión de reli– giosos capuchinos en la Trinidad de la Guayana y que ésta se componga de doce religiosos catalanes que estén divididos y separados de los de la misión de Cumaná, y porque conviene al servicio de Dios y mío que esto se ejecute en esta forma y que los religiosos de la una misión no se entrometan en las que no fueren de su territorio, por la presente encar– go con todo aprieto a los Prefectos y superiores de estas misiones pon– gan particular cuidado en su puntual observancia y ejecución, no permi– tiendo en ninguna forma que los religiosos tengan dependencia unos con otros, para que así se conserve la paz y se empleen enteramente en el curo· plimiento de su obligación, instituto y fin para que les permito vayan: que así es mi voluntad. - Fecha en Aranjuez, a veinte y nueve de abril de Inil seiscientos y ochenta y siete. - Yo el Rey. - Por mandado del rey nuestro señor, Don Antonio Ortiz de Otalora.

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