BCCCAP00000000000000000000219

82 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA de 1797 y 1804, y asimismo contra las reclamaciones del Ayuntamiento de Guayana, que exigía a los indios el pago de diezmos y contribuciones. Y el Consejo, fundamentando su racionamiento en eso mismo y en que las Cortes habían cesado ya, daban su parecer diciendo que los misioneros tenían toda la razón. 21 No sólo sino que poco después se daba una real provisión confirmando lo mismo e insistiendo en que seguían en su vigor las cédulas de 1797 y 1804. 22 En atención al peligro que se cernía sobre la misión, los superiores de la misma enviaron a España a uno de sus religiosos, el P. Fausto de Barcelona, a fin de tratar personalmente ese y otros asuntos con el Con– sejo de Indias, y en un largo memorial vuelven a exponer las razones que les asistían para que las cosas siguiesen como hasta ahora. 23 Seguramen– te no están aun enterados de aquella saberana decisión que zanjaba todas las cuestiones, que tan de cerca les interesaban, y además a favor de los misioneros y tal como ellos deseaban. Por otra parte llama la atención que el Ayuntamiento de Guayana, que se mostraba tan exigente con los misioneros capuchinos, debía tener tan buen concepto de ellos, que por esos mismos años, 1813, pedía al Secretario de la Gobernación de Ultramar se construyese el hospicio que los religiosos habían solicitado tener en Guayana y que, una vez en él, unos se dedicarían a la predicación, otros a administrar los sacramentos, mientras los restantes desempeñarían las cátedras de latinidad, filosofía, moral, etc., a fin de que los vecinos tuviesen medios adecuados de instruc– ción. Y para conseguir eso, pedían fuesen enviados ocho o diez misione– ros más con ese destino. 24 6.-Si no precisamente con esa finalidad sí con la de continuar su apostolado entre los indios, había sido solicitado más personal por l0s superiores de la misión, gracia que el Consejo concedió en septiembre de 1815, permitiendo pasasen doce sacerdotes y dos Hermanos. Al cele– brarse Capítulo el 25 de enero de 1815 no había allí sino un total de 24: era, pues, muy justa aquella demanda y no menos su concesión. 21. Acuerdo del Consejo de Indias, 13 octubre 1815 (AGI, Caracas, 966) . 22. Real orden al Procurador de la misión de los Capuchinos catalanes de Amé– rica, Palacio, 31 diciembre 1815 (Archivo de la Corona de Aragón, Barcelona, Fondos monacales. - Universidad, leg. 56, tomo 1~, ff. 130-32). 23. Memorial del Prefecto y Conjueces de la misión, Caroní, 9 mayo 1816 (Arch. Cor. de Ar., Fondos monacales. - Universidad, leg. 56, tomo 2~) . 24 . Solicitud firmada por los componentes del Ayuntamiento, Guayana, 22 mayo 1813 (AGI, Caracas, 968).

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz