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70 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA sen los misioneros llevado indios de varios otros pueblos. A esto contestó el Prefecto P. Buenaventura de San Celonio, alegando que siempre se había hecho así, estaba permitido en las leyes y no había por qué coartar la libertad de los indios de poder trasladarse de una misión a otra. 30 De todos modos Tumeremo siguió adelante y subsistió; fue el más avanzado de todos los pueblos en dirección del Esequivo y el último de los funda– dos por los misioneros capuchinos en Guayana. Marmión formó en cam– bio dos pueblos más, los de Imataca y Sacupana, en las bocas del Orino– co; los religiosos se ofrecieron para atenderlos espiritualmente pero él no se dio por enterado. 31 Los misioneros dejan entrever que la orden de no seguir fundando pueblos vino de arriba. 32 7.-Guayana venía formando parte de los llamados Anejos Ultra– marinos que, en el orden espiritual dependían del obispo de Puerto Ri– co. En la mente de todos estaba que no era posible ni vigilar ni menos resolver con acierto los problemas que se suscitasen, dada la gran distan– cia a aquella isla y la dificultad de las comunicaciones. No obstante la existencia de un Vicario o Superintendente del obispo, se imponía una división o desmembración. Así lo reconoció en 1789 el titular de dicha sede D. Felipe José de Trespalacios escribiendo al Consejo de Indias, ma– nifestando la urgencia de nombrar un obispo para los Anejos. 33 Un año más tarde, el 30 de mayo de 1790, por decreto de la Congreción Consis– torial, era creada la diócesis de Guayana, que abarcaría también Trinidad, Margarita y Cumaná. Dos años después, en 1792, era designado el primer obispo D. Francisco Ibarra. 34 Desde entonces a él quedaron sujetas las misiones tanto de Obser– vantes como de Capuchinos. Esto mismo dará motivo a nuevos conflic– tos en torno a la entrega de los pueblos misionales a la omnímoda juris– dicción del obispo. 30. Carta del P. de San Celonio, 9 noviembre 1788 (STRICKLAND, 48). 48). 31. Informe de los superiores de la misión, 1 noviembre 1790 (AGI, Caracas, 318). 32. Informe del gobernador Luis Antonio Gil, 20 octubre 1793, afirmando que era más conveniente que los indios de nueva reducción se agrupasen en los pueblos ya fundados, en vez de que se fundasen otros nuevos (AGI, Caracas, 352) . 33. Carta de Trespalacios, 25 mayo 1789 (AGI, Caracas, 10, Inventario de con– sultas y decretos del Consejo de Indias, 1700-1798) . 34. En el AGI, Caracas, 319, se encuentra toda la documentación relativa a la erección de Guayana en diócesis.

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