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Volvió a insistir el teniente alcalde Francisco Olaiz, en su oficio de 30 de septiembre de 1891 (a tenor de lo acordado en sesión municipal) mediante sim– ple requerimiento, sin apelar a medios coercitivos, cuyo empleo "es doblemen– te doloroso, tratándose de una respetable y santa Comunidad". El secretario del Ayuntamiento, D. Manuel de Irigoyen, por particular de– ferencia y a fuer de amigo, advierte al P. Llevaneras que, pues, se persiste en el cobro y se le ha señalado un plazo perentorio de 15 días, con amenaza de apremio, reclame de la corporación municipal un subsidio equivalente al im– porte de los derechos de consumo que se le exigen, a cuenta de la "Escuela Gra– tuita" que tiene proyectada (14.X.1891). La fórmula compensatoria que, según el vicepresidente foral, ha adopta– do la Diputación con la comunidad de extramuros y que desearía aplicase el municipio baztanés a la de Lecároz consiste en asignarle una cantidad al final de cada año, previamente fijada, aproximadamente igual al importe de los pa– gos que se hicieran por derechos de consumo 32 • Opone el Rdmo. que por el ca– rácter patriótico y benéfico de esta "santa casa", que se mantiene de limosna, debe estar exenta de tales impuestos. Responde el alcalde, Miguel M' Echenique, sin cejar en su empeño, que dará cuenta en la primera sesión, "lo cual no es obstáculo para que liquide V.E. las cuentas con este Ayuntamiento, p·agando las cantidades devengadas por el sacrificio de reses". Da por seguro que los ediles desestimarán su solicitud. "La oportuna para la presentación de la misma será cuando se establezcan clases externas de 2' en– señanza en ese Convento; puesto que, a tenor del expediente de arbitrios apro– bado por la Diputación para el año fiscal 1892, podría abonar este municipio al rematante o rematantes la cantidad exenta, "en atención a que se establezcan en el convento de capuchinos de Lecároz clases gratuitas de 2' enseñanza para alumnos externos de este valle, como así proyecta el Rdmo. P. Provincial". Hasta entonces juzga más oportuno que retire su solicitud 33 • D. Ramón Eseverri, diputado foral por Aoiz, no entiende esa actitud de los concejales baztaneses, que, en vez de poner trabas al buen funcionamiento "de ese santo plantel de educación", debieran sentirse orgullosos "y facilitar los medios para hacer más llevadera la situación de esa respetable comunidad" 34 • Pero los ediles baztaneses, según se presagiaba, no solamente recusaron la petición del P. Llevaneras, sino que le amenazaron con el procedimiento de apremio como no abonara inmediatamente los derechos devengados por las re– ses sacrificadas desde el 7 de diciembre de 1890 a 31 de diciembre de 1891, de acuerdo con lo declarado por el matarife de Irurita Isidoro Urdapilleta, por el propio P. Llevaneras y por los empleados municipales, para los 168 días no com– prendidos en ninguna de las dos declaraciones precedentes. 32. Manuel Jadraque, vicepresidente de la Diputación Foral a D. Ildefonso Argain (vete– rinario de Elizondo); Pamplona, 10 y 15 de diciembre de 1891 : ACL, F-10. 33. Fr. Joaquín M. de Llevaneras al M. l. Ayuntamiento del Valle de Baztán; Lecároz 27 de diciembre de 1891; respuesta de su alcalde, Miguel de Echenique, desde Elizondo 31 de di– ciembre de 1891: A.B. (Elizondo) y ACL, F-8 y F-1 l. 34. (Pamplona) 24 de diciembre de 1891 y 21 de enero de 1892: ACL, F-17. 40
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