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nieron en que podía dar frutos excelentes, pero se le advirtió que pesase bien los pros y los contras y no cepillase caprichosamente la legislación civil y canó– nica relativa al caso 26 • Y desde Roma se le impuso este veto: "Jamás podremos tolerar que externo alguno o cualquier niño que no tenga el hábito, inclinacio– nes, objeto y fin de vida de los seráficos asista a su clase; y así, si la necesidad les obliga a dar a algunos niños del territorio conferencia o clase, debe ser en aula separada de la de niños (seráficos) y debe haber absoluta división e inco– municación entre los seráficos y tales niños meramente seglares. Y en esto les exhortamos a hacer lo posible para que nuestros niños seráficos sean en todo muy capuchinos, sin regalo, etc., etc." 27 • En consecuencia determina el definitorio provincial que los externos, que dispondrán de clases, aulas y profesores especiales, incluso seglares, "sólo po– drán permanecer en el Colegio durante las horas de clase y ejercicios literarios y religiosos, siempre separados de los colegiales seráficos, como se ha dicho". "El vestido de los colegiales seráficos será el actual, pero de color negro, con cordón o cintura de color conveniente, añadiendo un modesto sombrero y verdadero calzado, prohibiendo vayan con sandalias". Los externos "no tienen distintivo alguno, salvo una medalla de Nª Sª del Buen Consejo en los actos so– lemnes de culto " . Resulta evidente que el internado fue en sus orígenes exclusivamente vo– cacional; por breve biempo, merced al sentido realista de su fundador. Se ha elaborado un REGLAMENTO, advierten los definidores, acomo– dado " a este grande Colegio, que no es estrictamente una simple Escuela Se– ráfica". La urgencia de elaborarlo se contenía en la ordenación octava de visita del P. Andermatt: "No podemos tolerar el que los Seráficos carezcan de hora– rio y Reglamento fijos . Si tienen compromiso para dar conferencia o clase a externos o no seráficos, hagan un REGLAMENTO especial para ellos y haya total separación, como dijimos". Por el momento no había otros alumnos que los procedentes de Monte– hano, cuyo gobierno directo había tomado desde el mes de abril el P. Joaquín, obligado a despedir al P. Francisco de Amorebieta, su predilecto 28 , y rogado encarecidamente por sus colegas del definitorio provincial a continuar en el puesto, por no haber nadie "con ánimo de lograr la actividad y éxito del celo de N. Rdmo. P. Provincial", especialmente respecto de " asegurar el soteni– miento y manutención del mismo Colegio con los grandes gastos que ocasiona". Se le asocia como auxiliar en el Colegio y a guisa de presidente del "Hos– picio" o familia religiosa, al P. Bernardo de Artica, que, al mismo tiempo será profesor de Religión y Moral de los colegiales seráficos "y habrá de recibir la 26. P. Bruno de Vinay, proc. gral., al Rdmo. P. Joaquín M. de Llevaneras; Roma, 15 de abril de 1891: ACS, III-3-1, Restauració: "Quant a' votre projet de Lecároz il peut avoir du tres bon; et je crois qu'il ne sera pas impossible de le rendre pratique et en meme temps conforme aux prescriptions canoniques, relatives aux établissements d'éducation..." 27. P. Andermatt al P. J. de Llevaneras; Roma, 5 de abril de 1891 : AGS, ibid. 28. Contrastan las invectivas del P. Andermatt contra la ineptitud del P. Francisco de Amo– rebieta con el panegírico póstumo que de él hizo su discípulo P. Eusebio de Echalar. Cfr. rev. "Estudios Franciscanos", 89(1988) 434. 38

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