BCCCAP00000000000000000000191

que para su hermano le van entregando los alumnos. ¿Habría tocado fondo, en los meses intermedios, su estado depresivo? Motivos no le faltaban. Sólo un tem– ple de acero como el suyo pudo repeler, sin quebrarse, tantas contrariedades: como superior de todos los capuchinos españoles, por su traslado de frailes; como provincial de Castilla, por su valimiento del P. Amorebieta; come procu– rador del D.N., por la negativa de los otros provinciales a cederle religiosos para las misiones de Oceanía; como fündador y rector del Colegio de Lecároz, por los clamores, especialmente fomentados entre capuchinos de la provincia de Navarra, contra la supuesta relajación y lujo de sus instituciones; y contra su misma persona, los escritos, que su hermano el Cardenal recusó por calum– niosos, del grupo de los llamados "díscolos". Por último, los superiores provin– ciales, principalmente el de Castilla, le comenzaban a reclamar religiosos de los que se le hacía muy duro desprenderse, como Fray Antonio de Vera, al que queda mucha imaginería por tallar en el Distrito; o el P. Fidel de San Sebas– tián, único confesor en lengua vascongada, donde apenas hay nadie que se con– fiese en castellano. Pero a Fray Antonio se envía la obediencia para que se rein– tegre a Castilla y al P. Fidel tendrá que buscar sustituto Llevaneras, inmediata– mente, porque no tardará en seguir los pasos de Fray Antonio 14 º. 1.4. ¿Baile de Trebejos? A consulta del P. Andermatt responde el P. Llevaneras, en carta de 30 de enero de 1904 que de los 62 religiosos que no tomaron el hábito en el Dis– trito, le pertenecen 38 por el decreto de agregación de Lecá:-oz, de 9 de diciem– bre de 1895; parte residen en la Península y los menos en las Misiones Caro– linas, Marianas, Filipinas y Palaos. Lo extraño del caso es que únicamente se incluye a sí mismo, de manera indiscutible, en los dos primeros encasillad9s: el de su pertenencia a la provincia de Cataluña por razón de origen y a la de Gua– temala por la toma de hábito; en Letra menuda y medio desvaída se lee su pro– vincialato castellano desde la división de provincias en 18 de diciembre de 1889 (por lo que el P. Mariano de Vega le incluye entre sus frailes), y se om:te cual– quier indicación de pertenencia al Distrito. Advierte el Rdmo. Joaquín, que ninguno de los 62 religiosos reseñados pertenece de derecho al D .N., sino solamente de hecho, al arbitrio del P. Ge– neral; que en otras provincias hay religiosos que de hecho le corresponden; y que no ha oído que ninguno de los religiosos del Distrito crea o defienda ser miembro de una cualquier provincia 1~ 1 • Reunido el Definitorio General, se acuerda el 9 de marzo de 1904 fijar la filiación de todos ellos, de acuerdo con las reclamaciones de los superiores 140. Llevaneras-Andermatt, Lecároz 14 de agosto de 1902; minuta de respuesta. Roma 22 de septiembre de 1902. El P. Fidel de S.S. continuó en Lecároz hasta mediado el año 1905. En febrero de 1916 escribe, desde Roma, al P. Re;;tor, Joaquín de Beriáin, que más de una vez había podido exclamar con el poeta:" No tengo padre ni madre. Ni quien se acuerde de mí. Y hasta las piedras que piso, se levantan contra mí." Pero como fue Dios mism::> quien le sug:rió "idea tan hermosa" como el Colegio de Lecároz, ni la conjura de mil infiernos le infundió temor de fracaso: ACL, K-63: J. Llevaneras, Roma, 4.2.1916. 141. Lista (sin título) de 62 religiosos domiciliados en el D.N.: nombre de religión, origen, toma de hábito, decreto de 1889 (creación de las tres provincias) y de 1895 (anexión de Lecároz al D.N.) con fijación de destino: AG, G-62, D.N. 97

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz