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CONSTIT. «EXIVI» DE CLEMENTE V 271 fo.esen enteramente ajenos a los dineros o pecunia, les mandó firme– mente «que en ninguna manera reciban dinero o pecunia por sí o por interpósita persona», y declarando este artículo el dicho Prede– cesor nuestro expuso los casos y modos, guardados los cuales, no pueden ni deben llamarse los Frailes receptores de pecunia por sí o por otro contra la Regla o la pureza de su Orden; decimos que los Frailes deben guardarse con todo cuidado de recurrir a los que dan la limosna o a sus delegados y enviados, sino es con aquellas causas y modos que expresa la Declaración del dicho Predecesor nuestro a fin de que, obrando de diferente manera, no puedan ser justamente llamados transgresores del precepto y de la Regla. Además, cuanclo a alguno se le prohibe generalmente una cosa, se entiende que le es negado lo que expresamente no se le concede. Y así toda demanda de pecunia y la recepción de oblaciones pecu– niarias, las cajas o cepillos destinados en la Iglesia o en otros si– tios para depositar las pecunias ofrecidas o dadas, como también cualquier otro recurso a los que tienen las pecunias, no cencedido por la Declaración dicha, les está enteramente prohibido. 1 ~l recurso a los amigos espirituales se concede expremente en la Regla sólo para dos casos, es a saber: para las necesidades de los enfermos y para vestir a los Frailes. Y aunque el mencionado Predecesor nuestro juzgó piadosa y razonablemente que, conside– rndas las necesidades de la vida, se podia también extender a otras necesidades de los Frailes que sobrevendrán faltando las limosnas, sepan los dichos Frailes que, por ningunas otras causas hrnra de las expresadas u otras semejantes, ll's es lícito recurrir yendo de ca– mino o en otras ocasiones a los amigos espirituales, ya éstos sean los que dan la pecunia o los delegados suyos, sus enviados, deposi– tarios o con cualquier otro nombre que se llamen, aunque por otra parte observen enteramente acerca de la pecunia los modos exigi– dos por dicha Declaración. 3. Y finalmente, porque el mismo santo Confesor quiso sobre– manera, que los profesores de su Regla se abstuvieran enteramente del afecto y del deseo de las cosas terrenas, y de un modo especial que totalmente estuviesen privados de 1a pecunia y de su uso, co– mo lo prueba la prohibición de recibirla, repetida tantas veces en la Regla; deben los Frailes guardar cuidadosamente las causas y modos dichos cuando por sus necesidades les sea preciso recurrir a los que tienen la pecunia, tanto que éstos sean los dantes principa– les como sus delegados, y asimismo mostrar que no tienen derecho alguno a la pecunia dicha, como en verdad es así que no lo tienen. 4. Por tanto deben saber los Frailes que les está prohibido or_ tlenar que se gaste la pecunia y disponer el modo, exigir cuenta de lo gastado, reclamar la pecunia de cualquiera manera que sea, de– positarla o hacerla depositar, tener la caja en que se guarda o la lla– ve de ella y otros actos semejantes a éstos; porcrue todo ello es pro– pio solamente de los señores que la dan o de aquellos a quienes ellos lo encomendaron.
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