BCCCAP00000000000000000000182

20b CAPITULO X iext,ernos contra la ipurieza y el religioso iestá en oca– sión ,de pecar ,de nuevo; y 0. 0 , si el Visitador tiene ,ta– les indicios ,de liln defüo oculto que, haóendo uso de su derecho, in'lerrogu,e sobu',e él a Jo,s r,eJigi<osos. Fu-era d€ ,estos casos, a la ,denuncia debe pr,ec,eder la corrección frat,erna. Es también obligación general d,e los r,eligiosos ries– pond,er, según ver,dad, a las pr,eguntas que l,es hagan los Visitadores :resp-eiclo de fas •c,osas •qu,e se r,efi,eren a la visita; asilillismo ,están obliga.dos a no inducir a nadie, ni por sí ni pur otros, r1i direclca ni indir,ecta– m,ente, a oollar, disimular la -v,erdad ,o no respond,e:r sinceirament,e cuando ,es inoonogado por lfll Visitador, y a no cr€ar a ningún Teligioso mol,es,t,ias, bajo ningún pr,et,exto, por las r,espu€s'las <ladas al Visitador (5). 2. Estas úllimas 'Obligacion€s afoctan d€ una ITTla– n-era parUculRr R los Sup,erior,es (6), los cual€s tam– po,c·o pued,en, sin ·consentimi,ento d,eJ Visitador, tras– ladar ,a los r,eligi,osos de un ·con-vento a otro una vez coimenzada la visita (7) . Los ,que faltan a estas obligacion,es d,eben s,er d,e– clarados por el \'isitador inhábiles para los oficios qu,e Hevan régim,en d€ almas, y, si son Superior-es, ,diepues– tos del oficio ( 8). 233. Conclusión de la santa visita y cumplimiento de lo ordenado en ella.-1. La santa visirta su,ele ter– minarse con un a'Cto público, ,en qu,e, después de diri– gir ,el Visitador una dievo.ta pláUca a la comunidad, exhortándola a corr,egir !·os abusos y falt,as conocidos m,edianl•e la santa visita, toma la •culpa a todos los religiosos y !,es da la abs•olución general. Ter1J11inado este a'Cto ,es conv,eniente crue el Visita·dor se ,aleje cuanto ant,es del convento visirta·do. 2. Después de la visita, "los SupeTiores ·provincia– les y los Visita,dories general·es ,envfon al Ministro g-e– neral exa,cta ,r€1ación d€ todo. Los Superior-es locales, d-entro d,e los tres meses inmediatos a la visita, darán cu,enta al Sup,erior provincial de cóm,o se ,cumpl,e lo ordenado -en la misma. Otro tanto haTán los Superio- (5) c. 513, § 1 y c. 2413. (6) e. 513, § 1. (7) c. 2413. (8) lbidem.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz