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ART. 11.-CONSEJOS A LOS SUP. Y CONFESORES 16H l,es ,en tll '('.onv,enl,o de novicia,do. El l\faestro, ,eimp,ero, y su soci·o abs1l•éngm1s,e <le oir las confesion,e,s de los rwvi 1cios, a no s,er ,que ·éstos por alguna grave y urg,en– te 1 causa, -en casos particulares, espontán-eamenle se lo pidi,eren. A,d:emás <le los 1 C0infesores ordinarios, <l-e– b-en s-eñalarse algunos Oil:ros, a los cuales p,u¡e,d,en li– iireimenw wcudiT los noYicios en casos •p•articulares, y ,el •Maestro no 1mu,es,lr-e •por ello desagra,do. iCuwtro vie– ~•,es, p,0r lo m-enos, al ,año sie ,conce 1 da a }.os novidos icru1- fesor e:x:Lraor,dinario, al cual acudan todos, por lo m,e– nos a r,e,cibir su 0011diició1n (8). 191. Las confesiones de los f,railes oon confesores extraños a la Orden.--lS,egún lo insinúan las palabras <le la H,egla, €n ,que s,e pr,es•cnib€ ·que, los Ministros, s1 no son saoordot€s, hagan imponer la 1penitencia a los fr,aUes culpables por rnedio ,d,e sac-er,dol,es de la Ord,en, antignament-e no p,odían los Franes M-enor,es iconfesa·r– se ,eon ·ccmfesor,es ,extraños a la Or,d,en, d-e tal manera qu,e la ,confesión lhe,cha 1 c01n elllos era no sól,o ilf.ciita, sino también invá!iid,a. Pier,o hoy ,dispo·ne ,el <ltJredho que "si nn r,eligioso, ,aún ex,e,nto, se dirig,e ·para tran– <¡nihda,d de su conciencia a un ,confesor a·probado por ei Ordinario ,del lugar, aunqu€ tal ,confesor no esté en– tre lo·s ,designados :para ofr las ,confesiones 1 de los M– Jigios,JS, la ,confesión, revo 1 cado 1CluaI,qui,e·r privil,egio contrario, ,es váli<la y Jí,citta; y ,el C '1onf.es ,or pued€ ,ab– .solvrr ,al religioso, incluso de los p,ecados y c,ensu– ras res,ervados en la Orden" (9). La disposición es g,en"'1'al 'Y no hay duda ,de que también los P.raHes Mienores pueden 3Jcog,ers,e a ,e1la y a sus ibienefi.c10s. § 2.º DE LA ACTITUD DE LOS SUPERIORES ANTE LAS FALTAiS DE 1 LOS FRAILIDS. 192. En las oorreoclones hay que evitar la ira y la conturbación.--lSabiamenoo recomieinda e 1 l ,seráfico Padr" a los Mini•stros 1provincial€s -Y ,en iellos a ,to– dos los Srup,e:rior,es- ",que no se airen ni 1conturben por € 1 pecado de alguno." La ira y el ,enfado ,en los SuperioTes no tien,en sino <Bl e· c. 21. (9) c. 519.
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