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ART. Ill,-DEL USO DE LAS COSAS por su misma 1mrüeria o intríns,}t!iaJin~'nte LiP,ne mucho "ª l,)r, t:D1mo los vatios 'd,e UHl y 'plata, las telas de seda, ,etc. De man,er,a qm', si algún obje-tu tiene mu-clrn ·pr-et:io por cir,cunslamcia·s externas, corno la situación polítien o las ar: limiafl.as d,e lo:,; c,¡m,er:ciauL,es. dB sí mis– mo nu no.;; es ilícito. Díga;.w ·,¡ mismo de 1,{s obras de aI'le y d'tl los libro,s, q u,e por "u e:xceelm1te contJenido doc– trinal so 1 n de mucho ·precio; ni las unas ni los otros nos estün 'prohibidos, aunqm, Ttli:,JH'ct,o d,e las obras ,d,e artf~ ,hay 1¡u,· advertir rl'ue, si lJi,"n podiemos a•c,e.ptarlas, cuando ll 1 J::' las -ufrer>•"'ll loh artista;:; y bi,enh,e,ehon,s, ·no podem1us eecmrrir a loQ amigos -espirilual{JS para procu– rún10slas. eí Curioso, lirialmeute, '-'" aqu,e,lln qu,e ,desdice de rnwstra serncillPz y austeridad, y sabe a vrmiidad, fausto u osl,enladón. La cur-iusidad no S(\ co,nfuinde ni debe ,cunfundirsB c1011 la Hmpieza y aseo, ,quti debe brilllar -t'n todas ,parLtis y en todas las cusas d,e nuestro uso. :J. El juicio solH'(l si existe o no sulici~nte necesidad ataü,;, según declaracilÍn ,de Juan XXII ( 3) en su cons– titución QUOHUl\'IDAM EXHHT (13 ,dp ,abril de 1317) a ius 8upeJriur-es; y al t:riterio ,de éstos pu.ede11 y deben con !Joda tranqnilid.ad de concierucia ,confo11marse los súbditos. P,ero si -en algún caso juzgaren 'po,r grav,eq motivos que algún uso es ilícito, pueden exponer su pa– reC{ff al 8'up-erior; y si és-L-e ,no iti,en,e -en ,cueruta sus ob– serya,ciones, es•p,er,en sin irnipacierrtarse la visita del Su– p-erior mayo·r, quien resolverá e.] cas,o según juzgare o.portuno. l<)n estos caso•s d4, divergewcia ,d-e pareceres, i ha ,de hacers(, alguna oposici6n por parte de los dis– ,ci P[OQ u ntrns r-eligiosos, es de la ma:yio,r importancia qun, nn cuanto se,a •po,s.ible, no trasluzca al exterior; así quedará a salvo la observancia, sin im-enoscabo ,de Lt caridad y la ob-edienda bajo pretexto de pobl'€za. 156. Necesidad de la licencia del Superior. ,Diversas esp,acies de licencia y modo de proceder cuando se n'i'e– ga injustamente.-1. La última condi>Ción requerida ·pa– ra la lidLutl del uso de las cosas es la licencia del Su– p:erior. La razón -es cl,ara. No siimdo ,el Fraile Menor (5) Bu!!. Cap., t. VI. p. 88.
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