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CAPITULO IV breza, sino entregarlas por medio del :Ministro provincial a los conventos necesitados o repartirlas a los pobres. 4.• Al llac~:,r lf.' 1 recurso 1110 1desi,g11,e11 por sí 1misrnos la ,p,e,r,;ona a ,quien ,11a ,ct,e consignairs,e ,el) idin,eru. Lo que se 1quiere impedir con esta cautela es que la persona designada por los frailes se convierta ,en persona interpuesta de éstos. Para ello no se indic1ue al bienhechor resuello a favorecer– nos la persona a quien se dPha entregar dinero; pero si el ami– go espiritual no quiere o no puede designarla, pue,len presentár– sela los frailes, sin que por eso se falte a la Regla, según decla– ró :::\icolás III (7J. A mees se puecle presumir la voluntad de los amigos espirituales de, que s,, les indique la persona que en su nombre podría gastar ,el dinero concedido para las necesidades de los frailes, y en tales casos éstos pueden anticiparse a su petición, jndicúndoles alguno o algunos nombres. ii.ª Ileclar*!Il los f'raHes a,1 ,doposilario d€l idiniero ohl,•nidu por r-ecurso, 1 nu ser ,ellos du,eño,s 1del ,mismo. Esta cleclaración y protesta, fundada en la absoluta pobreza de los frailes y en la obligación de profesarla públicamente, no es necesario repetirla siempre 1 que se recurre, sino cuando los amigos espirituales o los sustitutos de los mismos no conocen nuestra vida y profesión. Artículo 111 DEL SUSTITUTO Y DJDL SIND[CO APOSTOUCO Para ,dar fa,ci!idades a los bienhieCJhores que, al ofre– cer limosillas ,pec,uni1arias, d,es,ean s~• les infüque alguna p,em;ona a qnirm 'Jllled,an ,consignarla-s con s,eguni 1 dad, y para •!'dlar al 1mis,rno tiempo los inco'nv,enie 1 nt,es que s,e siiguirfan ,(!,, ,que 1 dichas limosnas ,es1tuvies,e.n idis– p,ersa,s, ,existe ,en la Ül'ld,en iJa anti'quísiima ,costumbre -d+· nombrar para ,ca,r!,a ,conv,mto un sustituto ordina– rio o rpadsre es•piritual, a qui,ern pu,e,den dirigi>rse, si 1-es pla 1 ee, trrdos los bi,ern!heehore's. Piero no 'pocas v,e'ces -éstos renuncian enterarn,e'nLe a las ,cosas y ,dimiro ice– didos a los frail>es; y curno ,entonces fa propieda'd ,d,e idic1has e.osas y rdin,ero ,pasa a la 'San,ta Serde, aun:qu,e reil ruso 'lo rbeng,arn los 'fratles, ,es 1mene 1 stieT idiesig,nar una (7) Exiit, art. VI, 2.

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