BCCCAP00000000000000000000173

CONSTITUCIONES. CAPITULO nn 95 procurador general, a quien pertenece tramitar ante la Santa Sede los asuntos de la Orden; el postulador gene– ral, cuyo oficio es tratar con la misma Santa Sede las causas de beatificación y canonización de los siervos de Dios; y los oficiales necesarios para despachar los asuntos. 2 Todos ellos son escogidos de las diversas regiones y nombrados a voluntad por el ministro general y su de– finitorio, y desempeñan su oficio bajo la dependencia del ministro general. 3 Los cargos y oficios de la curia general se asignan y ejercen según las normas del estatuto peculiar aproba– do por el Capítulo general. 110 1 El Consejo plenario de la Orden es exponente de la unión vital entre toda la fraternidad y sus supremos mo– deradores, promueve la corresponsabilidad y la colabo– ración de todos los hermanos y fomenta la unidad y la comunión de la Orden en la pluriformidad. 2 Son miembros de dicho Consejo el ministro gene– ral, los definidores generales y los delegados de las Con– ferencias de los superiores mayores, en la proporción que establezca el definitorio general. 3 No es necesario que los delegados sean elegidos de entre los miembros de las Conferencias de los superio– res mayores . ..¡ El modo de elección y la duración en el cargo son determinados por cada una de las Conferencias. 5 Pertenece al Consejo plenario de la Orden: fomen– tar la comunicación entre la curia general y las Confe– rencias y la de éstas entre sí; constituir un centro de reflexión y examinar las cuestiones de mayor importan– cia y proponer a la Orden su solución; ayudar mediante una positiva colaboración al ministro general y a los definidores para llevar a cabo el proceso de la renova-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz