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CONSTITUCIONES. CAPITULO VII 85 de la vida, el fiel cumplimiento del trabajo cotidiano, la prontitud en servir a Dios y al prójimo y fomentar las relaciones fraternas, los achaques de la enfermedad y de los años, no menos que las persecuciones por el reino de Dios; de modo que, al sufrir con los que sufren, la semejanza con Cristo sea nuestro gozo perdurable. 92 I Consideremos corno tiempos de más intensa peni– tencia, privada y comunitaria, el adviento y, principal– mente, la cuaresma de pascua, y todos los viernes. 2 En tales días debemos darnos con más ahínco a obras de penitencia: oración, recogimiento, audición de la palabra de Dios, mortificación corporal y, sobre todo, el ayuno, que ha de observarse en la fraternidad, al me– nos los miércoles y viernes de la cuaresma que precede a la pascua. 3 Pero se exceptúan las fiestas de precepto por ley eclesiástica y los días civilmente solemnes que serían penitenciales según nuestro derecho. -4 Se recomiendan también como días penitenciales la cuaresma vulgarmente llamada « la bendita» y las vigilias de nuestro padre san Francisco y de la Inmaculada Con– cepción de la bienaventurada Virgen María. 5 Compete al Capítulo provincial precisar más en con– creto los días de ayuno y abstinencia v el modo de ayu– nar, teniendo en cuenta las normas de la Iglesia local y las circunstancias de lugar y tiempo. 6 Sobre todo en los días penitenciales, compartamos con otros pobres lo que nos sobrare de la mesa del Se– flor por nuestra mayor moderación y practiquemos con mayor fervor las obras de misericordia, según costum– bre nuestra tradicional. 93 1 En memoria de la pas10n de Jesús y a ejemplo de nuestro padre san Francisco, practiquemos la mortifica-

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