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REGLA DE LOS HERMANOS ;\IENORES 19 el sobredicho ministro no es suficiente al servicio y a la común utilidad de los hermanos, estén obligados los pre– dichos hermanos, a los cuales es dada la elección, a ele– girse en el nombre del Señor otro en custodio. Mas des– pués del Capítulo de Pentecostés, los ministros y los cus– todios puedan cada uno, si quisieren y les pareciere ser conveniente, en aquel mismo año en sus custodias con– vocar una vez sus hermanos a Capítulo. CAPÍTULO IX DE LOS PREDICADORES Los hermanos no prediquen en el obispado de algún obispo, cuando por él les fuere contradicho; y ninguno de los hermanos por ningún modo tenga osadía de pre– dicar al pueblo, si del ministro general de esta fraterni– dad no hubiere sido examinado y aprobado, y el oficio de la predicación por él le hubiere sido concedido. Amo– nesto también y exhorto a los mismos hermanos que en la predicación, que hacen, sean examinadas y castas sus palabras, a utilidad y edificación del pueblo, anuncián– doles los vicios y virtudes, la pena y la gloria, con bre– vedad de sermón, porque palabra abreviada hizo el Se– ñor sobre la tierra. CAPÍTULO X DE LA AMONESTACION Y CORRECCION DE LOS HERMANOS Los hermanos que son ministros y siervos de los otros hermanos visiten y amonesten a sus hermanos, y humil– de y caritativamente los corrijan, no mandándoles cosa alguna que sea contra su alma y nuestra Regla. Y los

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