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REGLA DE LOS l!ERl\lANOS MENORES 17 CAPÍTULO VI QUE NINGUNA COSA SE APROPIEN LOS HERMANOS, Y DEL PEDIR LA LIMOSNA, Y DE LOS HERMANOS ENFERMOS Los hermanos no se apropien cosa alguna, ni casa, ni lugar, ni otra cosa. Mas así como peregrinos y foraste– ros en este mundo, sirviendo al Señor en pobreza y hu– mildad, vayan por la limosna confiadamente; ni deben avergonzarse, porque el Señor se hizo pobre por nos– otros en este mundo. Esta es aquella eminencia de la altísima pobreza, que ha instituido a vosotros, carísi– mos hermanos míos, herederos y reyes del reino de los cielos, os ha hecho pobres de cosas temporales, os ha ensalzado en virtudes. Esta sea vuestra porción, la cual os conduce a la tierra de los vivientes. A la cual, oh muy amados hermanos, totalmente allegándoos por el nom– bre de nuestro Señor Jesucristo ninguna otra cosa per– petuamente debajo del cielo queráis tener. Y, en cualquier lugar donde estuvieren y se hallaren los hermanos, se muestren familiares entre sí el uno con el otro. Y confiadamente rnanifieste el uno al otro su necesidad, porque, si la madre ama y cría a su hijo car– nal, ¿ cuánto con mayor diligencia debe cada uno amar y cuidar a su hermano espiritual? Y, si alguno de ellos cayere en enfermedad, los otros hermanos deben ser– virlo corno querrían ser servidos ellos mismos. 2
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