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16 REGLA DE LOS IIEfü\l.\NOS ME'WRES mas sean benignos, pacíficos y modestos, mansos y hu– mildes, honestamente hablando a todos, corno conviene. Y no deben ir a caballo, salvo si por manifiesta necesi– dad o enfermedad f ucren constreííidos. Y en cualquier casa que entraren, digan primeramente: La paz sea en esta casa. Y, según el santo Evangelio, de todos los man– jares, que les son puestos delante, les será lícito comer. CAPÍTULO IV QUE LOS HERMANOS NO RECIBAN PECUNIA Yo mando firmemente a todos los hermanos que en ninguna manera reciban dineros o pecunia por sí o por inlerpósita persona; mas para las necesidades de los en– fermos y para vestir a los otros hermanos, por medio de amigos espirituales, los ministros solamente y los custodios tengan solícito cuidado según los lugares )' tiempos y frías regiones, así como la necesidad vieren que lo demanda; aquello siempre salvo que, como dicho es, no reciban dineros o pecunia. CAPÍTULO V DE LA MANERA DE TRABAJAR Los hermanos a los cuales el Sefior dio gracia de tra– bajar trabajen fiel y devotamente, de tal manera que, cebada fuera la ociosidad, que es enemiga del alma, no maten el espíritu de la santa oración y devoción, al cual las otras cosas temporales deben servir. Y del precio de su trabajo reciban las cosas necesarias del cuerpo para sí y para sus hermanos excepto dineros o pecunia, y esto humildemente, así corno cmwiene a los siervos de Dios y a los seguidores de la santísima pobreza.
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