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Indultos a favor de nuestros misioneros en tiempo de misión 177 Están autorizados: 1.º Para dar la bendición Papal al fin de la Misión. 2. 0 Para erigir la nuéva Cruz, advirtiéndoles que necesitan anuencia del Ordinario. :J.º Para bendecir desde el púlpito los escapularios, supuesta respectiva facultad, em– pleando la fórmula en número plural, y sin necesidad de impo– nérselos ellos a los fieles, ni de inscribirlos en los catálogos, ni de presentar sus nombres a las respectivas Confraternidades. (Pío X Resc. S. Cong. lndulg.14 dic. 1'904).

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