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- 96 - lítica, vivir conformes á la ley de Di.os, bajo et magisterio infalible de la Iglesia: pero que, 2. ª En los actuales tiempos, ó, en hipóte– sis social, sería inconveniente y ajena á pru– dencia la aplicación oficial .de esa doctrina ca-· tólica á la gobernación de los pueblos. -Que me decís de esa teoría? -Lo que dicen los Obispos del Ecuador en su carta pastoral colectiva; á saber, que esas son máximas perniciosas, erróneas y escan– dalosas. -En qué se fundan los partidarios de la hi– pótesis social? -En el temor de mayores males que se ori– ginarían de no presidir ese criterio al sistema gubernamental. · -En qué más? --En la competencia jurisdiccional para diri- mir la cuestión de la hipótesis; creyendo que se trata de un asunto puramente político y económico, que interesa á la nación. -Y vos, ¿qué decís á eso? -1. 0 Que es verdad la teoria de que la Iglesia no define las cosas del orden meramen– te natural ó político, sino que deja al pod~r se-– cular el dirimirlas; pero que es indudable la autoridad de la Iglesia en asuntos del orden. divino y en cuestiones que afectan al alma. 2.º Que las cuestiones que nacen del plan– teamiento de la doctrina de la hipótesis social afectan grandemente al alma y son del orden

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