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- 192 --e-: Contestación Según una i:esohiciíó~ di i:r>~i Di– -ciembre de 1905, debe usarse para ello estola morada. Utatiir stola coloris violacci. 6. 0 La Junta del Directorio cuándo debe reunirse? Contestación No' después dé la función mensual, <iomo ocurre en algum1.s partes, sino antes y por lo– menos una vez cada mes como dice el Ceremonial aprobado por la S. p. de R. art. IV S~gún escribe– et:P. Castillo, la Junta del Direétorio debe· ser prepa– ratoria de fa AsartltJlea general del mes. Están con– forme con eito la Guía del l' Sevarie:i·as y lós Es- tat1,tos de Pastrana. · 7, 0 IIay en'nuestra.V o: T. novicfos de varios a:iíos, ¿pued,e tolf)rar1,e esto? · . · . . .· ' ' Contestación. Nó debé tolerarse. «Annó elap/19 aut prof.essi<:> ant expulsio decer11enda est», dice el P. Pa– rís. PO"r' tres causas puede deniorarse ta profesión, (aj, enfermedad, (bJ ausencia, (c' falta de conducta regu- lada ó de diligencia. · · 8. 0 ¿Qué le parece V. de las cuotas :que Sl;l impo- nen por la adrnisióh? , . ' . ·Los Estatutos de 'Pastrana aconsejan 'no'' eiigir más. condiciones para e_l ingreso que las precéptUadas ta– sativamente por el derecho (númerü 33); · : ·· · 9. 0 Un nQvicio puede ser de la Jun.ta:?..·. Contestación. No. (Amtali.Franciscani' de. Milán, 1899 p. ,586). . . .. : .• ' . ' .'. .' 10 ¿Puede el, Director .subdelrgar? · · · ' Contestación. Se discute, pero prácticarnl)nte se au- ,toriza por los Superiores. · · · 11 Todas las indulgencias plenarias de la O:'T. re– -quieren visita,_ ele Iglesin 'parn lucrnrse? Contestación. No. El Décrefo que .hemos aducido en el ü:,xto, solo re~lama visita. de Iglesi11 ó Capilla para las indulgencias que van en el catdl.ógo; pero 110, para la indulgimcia de la Absolución geueral los niie– v·, días señalados, ni para las de la Bendición Papal. ni para las de ingreso, profesión en la ú1·den tercera,, aunque debe rogarse aclmenten1, Snnctitntis. ·

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