BCCCAP00000000000000000000166
- 133 - -Sí. -Y el altar privilegiado de que gozan los hermanos terciarios cuando por ellos se cele– bra misa, ¿es solo cuando ésta es aplicada por un sacerdote terciario ó también cuando no es terciario? -CuaÍquiera que sea el celebrante; porque el privilegio fué otorgado en favor de los ter– ciarios. CAPÍTULO VII (1) De la absolución general con indulgencia plenaria --Tenéis algún favor más, otorgado en be– neficio de los vivos? -:-Sí, y no nada despreciable, me refi~ro á la absolución general que se da en ciertos días del año á los terciarios. _:_·Cuántos días tenemos señálados para re– dbirla? -Nueve y además dos para ia Bendición Papal. (11 La fórmula para usarla el confesor en el confe.so – nario es: Auctoritate a Sumn1is Pontificibus mihi corr– ceBf\0. plenariam, omniuni peccatorum tuorum indul- gentiam tioi impertior; In nomine Patris etc. ·
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz