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-- 125 - . -Que cada Superior de los citados está en :su derecho para establecer en la localidad en .que se halla situado su convento la respectiva congregación terciaria sometida á su juris– -dicción. --Y si antes habíase establecido otra con- gregación de distinta.obediencia? --No obsta para lo dicho, según declaró va– rias veces la Santa Sede y es hoy día princi– pio indiscutible. (Clemente XII y Pio IX). -Según lo dicho estando sujetos á los Su~ periores de la 1. ª orden, ¿estarnos exentos de la autoridad del obispo? --No vayáis muy lejos en la deducción de la consecuencia, pero ello es verdad en lo que respeta al régimen interior de la V. O. T. -¿Quién debe resolver por tanto las dudas y dirimir las contiendas que pueden surg,ir den– tro de la corporación? -Los predichos Superiores; empero, deben .acordarse los hijos de S. Francisco que no cuadra muy bien á su modo de ser el espíritu .de contienda y falta de caridad. •La Regla les dice: mantengan cuidadosamen– te la caridad y benevolencia, tanto entre sí co– rno con los extraños (Cap. 11 n. 0 9.) -Y ¿no será lícito recurrir al ordinario en apelación cuando hay algún disgusto ó desave– nencia por ejemplo entre la Junta y el visitador ó Director?
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