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4 4 e imitar- la discreción y prudencia de nuestros Superiores Generales en semejantes circunstancias, mandamos a todos los Padres Provinciales, Definidores, Custodios, Guardianes, Presidentes y Vicarios, que antes de dos días, y en carta cerrada y se creta, nos envíen los nombres de los que crean según Dios más aptos para Provincial, Definidores y Custodios Generales, y en una nota especial, los que más a propósito juzguen para Superiores locales. Lectores y Maestros; declarando que, en virtud de las mismas facultades y dado el escaso número de sacerdotes, podrán ser reelegidos en todo o en parte, según se juzgue conveniente o oportuno, los Superiores actuales. Los demás sacerdotes profesos solemnes podrán también indicarnos en carta igualmente privada el nombre de los que según Dios les parecieren más dignos para los mencio nados oficios. III. Como por ahora no podremos visitar todos los Conventos, queremos que to dos los Religiosos a quienes personalmente no hayamos oído, nos manden en carta se creta y cerrada, que a nadie habrán de comunicar, cuanto justo y útil crean decirnos com o "si por sí mismos nos hablasen. Les exhortamos que en cuanto nos escriban sean sinceros, justos, caritativos, mansos, modestos y humildes, y den todos la carta cerrada al P. Guardián o Superior local, el cual reuniéndolas todas en un sobre fuerte y debi damente sellado y certificado nos las mandará antes de dos días. Y para todo esto, damos a Superiores y súbditos el mérito de la santa obediencia. IV. Como en tiempo de renovación de Superiores no faltan algunas renuncias temporales o perpetuas, advertimos anticipadamente que deben presentarse antes de las elecciones; por tanto, no tendremos en cuenta sin grave necesidad las renuncias que después de las elecciones alguien presentare, y aun en las primeras preferiremos siempre lo que convenga al bien común, antes que el consuelo a que aspira el particu lar o renunciante. V. Mandamos, además, a los Superiores Provinciales y locales que en asuntos de importancia y en cambios personales nada resuelvan sin nuestra aprobación; pero los súbditos deberán en todo caso atenerse a lo que les digan sus Superiores inmediatos. Les bendecimos de lo íntimo de nuestro corazón y nos encomendamos en sus oraciones. Dado en nuestro convento de Orihuela, a los 6 de diciembre de 1892. Fr. José Calasanz de Llevaneras Visitador General L+ S Por mandato de S. P. Rma. Fr. Ruperto M\ de Manresa, Serio. P. D.: Las cartas a Barcelona. [La postdata no está en la carta autógrafa]. (A continuación de esta carta, escrita con otra letra se encuentra la siguiente nota:)
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