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7 9 [CARTA DEL P. CALASANZ DE LLEVANERAS AL P. BERNABE DE ASTORGA (26 mayo 1889)] (Confidencial y secreta) Roma, 26 mayo 1889. Muy Rdo. y carísimo P.Bernabé. He recibido su carta y he entregado la otra al Rmo. P. Comisario general. Deploro en el alma la aflicción de V. P. M. R. y comprendo perfectísimamente lo que pesa en su atribulado pecho. Anímese mucho. Si, como lo creo, consta que todo se ha pasado como V. P. M. R. ha expuesto, no pasarán 15 días sin que sea hecha justicia a quien ha sufrido ór denes tan graves como la de dejar la residencia e interrumpir su predicación que con tanto placer nuestro hacía en Cataluña. El acto en su modo y forma parece arbitrario y Roma no tolerará semejantes cosas. No tema nada, porque todo, todo, se arreglará de modo que sea difícil se renueven tales cosas. No dé paso ni haga nada sin escribirlo antes a Roma. Cuente con la justicia de Roma ya que V. P. M. R. tan oportuna y loablemente s Roma acude. Escríbame pronto. Yo repruebo lo que hizo Maciá; hubiera querido diesen UU. otra forma al Comunicado-Protesta, pero me gusta conste que la Venerable Orden Tercera no es de nocedalistas ni llanderistas. Repruebo lo que hacen los terceros de Bilbao en el Euscaro con sus epítetos contra llanderistas. Los detalles que da V. C. muestran más. Los Capuchinos que hagan la imprudencia de hacer actos de partido político recibirán un día su merecido; pues esto es contrario a lo que manda León XIII y quiere el Rmo. P. General. V. C. no tendrá que salir ni un año ni un mes del Claustro, porque Roma le de fenderá contra toda injusticia y le devolverá la paz y hará no se le niegue lo que su salud reclame. Basta con esto. Escríbame francamente cuanto quiera y no tema, pues ante todo quiero la justicia y la caridad. Le abraza de corazón in Jesu et María. Fr. Calasanz de Llevaneras. * * * * [CARTA DEL P. BRUNO DEVINAY AL P. BERNABE DE ASTORGA (12 junio 1889)] Adm. R. P. Barnabae ab Astorga, Prov. Hispaniae alumno. Ex causis Nobis notis, constituimus ac confirmamus te in trienali muñere Directoris Tertii Ordinis Barcinonensis, ut sub dependentia ordinaria ac canónica Superiores localis libere et licite Tertiatiorum salutare incrementum promoveas. Concedimus insuper ut mense julio, tempestive monito Superiore tuo, ad conventum Antiquarensem te conferas, ibique, praehabita Rmi. Ordinarii Diaecesani facúltate, exercitiis spiritualibus monialium Terciariarum praesis (1), quibus peractis oppor-
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