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5 4 2 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA y entregar a las Cortes la expresada Observación, había juzgado nece sario imprimirla, aconsejando al P. Provincial hiciese él lo propio (40). Y, firme en su actitud, escribió de nuevo el P. Solchaga al P. Pro vincial de Cataluña para expresarle su satisfacción de que fuese bien recibida y «admitida (lo es en todas partes) nuestra representación a S. M. y a las Cortes; decimos que todavía no nos consta haya dado S. M. (a quien hablamos largamente) la sanción acerca de los Regulares. Por tanto habremos de esperar hasta entonces para manifestar nuestra voluntad que no podrá ser otra sino la de llenar nuestra profesión según lo prometimos solemne y públicamente a Dios. En nosotros no residen facultades para dispensar y sólo el Supremo Jefe de la Iglesia puede hacerlo. Así lo dijimos de palabra y por escrito a S. M. Así lo hemos manifestado en nuestro impreso, cuyo contenido sostenemos como buen pastor» (41). Irritados los enemigos por su escrito, le hicieron sufrir mil insultos y amenazas con el fin de que se retractase, llegando a proponerle uno de los diputados, Sr. Martel, que, si confesaba por escrito se había dejado llevar de acaloramiento, se suspenderían todas las medidas tomadas contra él (42). Aparte de eso, su exposición fue calificada por la Junta provincial de Censura como «subversiva de la Constitución», «injuriosa a la comisión de Regulares, subversiva y que autorizaba a la insubordinación». El Padre Solchaga contestó con un nuevo escrito que hizo imprimir igual mente (43). Y una vez más, ante la calificación de la Junta de Censura el 17 de octubre, formuló la Segunda contestación (44), y en respuesta a los cargos de la expresada Junta reitera su defensa con su A p e la ción (45), que firma el 2 de noviembre de 1820, haciendo constar había obedecido las órdenes del juez de no salir del convento. Como se ve, la tormenta se ceñía fuerte y amenazadora sobre la cabeza del P. Solchaga. Previniendo las cosas, escribía una vez más al P. Pro vincial de Cataluña — suponemos lo haría también a los superiores de (40) Carta del P. Solchaga al Provincial de Cataluña, convento de San An tonio de Madrid, 23 sept. 1820 (Arch. Prov. Cap. de Cataluña). (41) Carta del P. Solchaga al mismo, 23 septiembre 1820 (ibid.). (42) Cfr. Colección eclesiástica, ya citada, donde se copia la Observación res petuosa, como lo hace también el autor de la Tercera parte de la Crónica de la provincia de Valencia, P. Antonio de Albaida, ms., pp. 911-924 (Arch. Pro vincial Cap. de Valencia). (43) Le dio por título: Contestación que el General de Capuchinos ha dado a la censura que la Junta provincial puso a la observación respetuosa que dirigió al rey y a las Cortes, Madrid, 1820, 32 pp. Va fechada el 6 de octubre de 1820. Reimpresa en Sevilla, 1820, 32 pp. (44) Así se dice en la Colección eclesiástica, ya citada, a la que da el título de Satisfacción y mejora de apelación, que reproduce en las pp. 255-261; creemos se trata de la misma que citamos en la siguiente nota. (45) Este es su título completo: Apelación del P. General de Capuchinos a la Junta Suprema de censura, y contestación a la segunda calificación o respuesta de la Junta Provincial en mejora de apelación, Madrid, 1820, 40 pp. Se reim primió también en Sevilla, 1821, por V. Caro y Hernández (Bibl. Colombina).
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