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530 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA escrito a los Provinciales para que nada se hiciese hasta nueva or den (47). No obstante lo expuesto, el P. Bustillo seguía en su puesto y ejer ciendo su autoridad, de tal modo que, aun el 8 de julio del mismo año, despachó los títulos de Predicador en favor de los discípulos del Padre Antonio de Toro, títulos que estaban firmados el 23 de junio sólo por el secretario del P. Calanda (48). Sin embargo para el arzobispo de Toledo las cosas no eran así, tanto que por medio de su secretario se dirigió al P. Provincial de Castilla para advertirle que hasta la elección de nuevo Vicario General «se recurra por lo tocante a la Orden al Sr. Nuncio, y por lo tocante a la santa visita y reforma al Excmo. Señor Cardenal Arzobispo» (49). Como sucesor del P. Calanda y para Vicario General fue propuesto por Godoy el P. Mariano de Bernardos, primer Definidor de Castilla, elegido en el Capítulo celebrado en Madrid, 17 de mayo de 1805, bajo la presidencia del P. Bustillo (50). Aceptada en Roma la propuesta, era elegido Vicario General por breve apostólico del 17 de octubre 1805 (51). El 22 de noviembre se lo comunicaba al P. Bernardos el Cardenal de Toledo y el 25 del mismo mes tomaba posesión de su cargo con toda solemnidad en el convento de San Antonio del Prado, leyendo el breve y comunicado el P. Antonio de Barajas, Secretario general, según se llama, y asistiendo también al acto, como se dice en nota marginal, el P. Bustillo, añadiéndose que «después se salió y aquel día asistió a la mesa y presidió; después no ha asistido su Rma. a algún acto de comunidad» (52). Podíamos preguntarnos en qué situación jurídica quedó desde enton ces el P. Bustillo, una vez nombrado nuevo Vicario General. Desde luego y, no obstante lo que afirma el Cardenal Arzobispo de Toledo de que, al ser nombrado el P. Calanda para dicho cargo y que en rea lidad de tal gobernase los religiosos en todos los dominios de España «entendiéndose cesar por el mismo hecho las facultades del Rmo. Bus- tillo» (53), creemos que éste seguía aún en su puesto de General y por lo tanto de superior de todos los Capuchinos, al menos de los que no eran españoles, toda vez que, según dijimos anteriormente, el tiempo de su mandato terminaba en mayo de 1803 pero había sido prorrogado por el Papa hasta nueva orden. Y una confirmación de lo dicho la tenemos en que, al ser aprobados por Pío VII y la Congregación de Ritos (47) Arch. Vaticano, Nunziatura di Spagna, voi. 311. (48) VA, 712. (49) Ibíd., 713; esta carta la recibió el P. Provincial de Castilla el 11 de julio. (50) ED, 300. (51) Comienza: Quum nuper nobis y puede verse en Pobladura, De Supe- riorum Generalium..., 172. (52) VA, 718; la carta del Cardenal puede verse en Pobladura, ibíd., 312-13. (53) Así lo afirma el Cardenal en la carta al P. Bernardos, 22 de noviembre de 1805.
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